¿Cuenta obligatoria para contratar un fondo? Ilegal

Que te obliguen a contratar una cuenta bancaria como soporte de la operativa de la inversión, pase... pero que esa cuenta lleve aparejados elevados gastos y comisiones es contrario a la normativa. Sin embargo, es una práctica habitual, como se ha comprobado en un estudio de OCU Inversiones. No estamos dispuestos a admitirlo y por eso lo denunciamos ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
OCU denuncia a 19 entidades ante la CNMV
La suscripción de un fondo de inversión en una entidad, según las normas, no implica la obligatoriedad de abrir una cuenta corriente. Sin embargo, en la práctica, es habitual que el banco obligue al inversor a tener en la entidad una cuenta que soporte la operativa de la inversión en fondos: ingresos para suscripciones, reembolsos, cobro de dividendos... y que no debería suponer ningún coste adicional.
La CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) es clara al decir que la cuenta que se use solo para la operativa del fondo en ningún caso debe llevar aparejadas comisiones de apertura, mantenimiento o cancelación... Para conocer de primera mano si esto se respeta, en OCU Inversiones han realizado una prueba práctica en 27 entidades, a las que acudieron como un inversor más para contratar un fondo de inversión sin ser previamente clientes.
Todas obligan, y la mayoría cobran
- En todas las entidades han obligado a abrir una cuenta corriente para invertir en fondos de inversión.
- En 9 entidades, si bien obligan a abrir una cuenta corriente como requisito para contratar fondos dentro de la entidad, nos han ofrecido una opción libre de comisiones de apertura o mantenimiento: se trata de EBN Banco, Banco BiG, Banco Mediolanum, EvoBanco, ING, MyInvestor, Openbank, Renta4 y Singular Bank.
- Pero la mayoría, 19 de las 27 entidades, exigían abrir una cuenta en la entidad, y no cualquier cuenta, sino cuentas bancarias que tenían unas comisiones que llegaban a alcanzar los 140 euros al año.
- Además, llama la atención que en algunas de esas entidades hay cuentas sin comisiones, que sin embargo no ofrecieron: así sucede en Abanca, BBVA, Deutsche Bank, Banco Sabadell, Banco Santander y Unicaja.
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OCU denuncia el incumplimiento ante la CNMV
Cobrar por una cuenta que se use meramente como soporte de la operativa del fondo no es legal. En vista de ello, desde OCU nos hemos dirigido a la autoridad competente, la CNMV, para denunciar a 19 entidades financieras españolas por obligar a la apertura de una cuenta corriente con gastos como requisito necesario para la contratación de un fondo de inversión, en contra de lo que establece la normativa.
Es diferente el caso de otras cuentas vinculadas a la contratación de otros productos, como depósitos o préstamos: estas sí pueden tener gastos, pero deben informar previamente al cliente, recoger el coste en el contrato y no pueden cambiar las condiciones.
¿Quieres invertir?
Si tienes un dinero ahorrado y te estás planteando cuál es el tipo de inversión que más te conviene, te animamos a consultar los consejos independientes y expertos de OCU Inversiones, donde encontrarás la información que necesitas para sacar el máximo partido a tus ahorros.