Cancelaciones por huelga de Ryanair, ¿qué hacer?
Ryanair confirma la huelga: desde OCU recordamos a los afectados por los vuelos cancelados que tienen derecho al reembolso del billete y a una indemnización adicional que puede ser de hasta 600 euros.

Se confirma la huelga de Ryanair para los días 24, 25, 26 y 30 de junio, y 1 y 2 de julio. Todos sabemos que las huelgas del personal de las compañías y aeropuertos (pilotos, controladores, ahora los tripulantes de cabina) están detrás de muchos retrasos o cancelaciones de vuelos.
Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recordamos a los viajeros afectados que tienen derecho al reembolso del precio del billete en un plazo máximo de siete días, y que además pueden reclamar una compensación adicional, que varía según la distancia y si te han ofrecido o no de un vuelo alternativo.
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Ryanair tendrá que compensarte
El reglamento comunitario permite que las aerolíneas aleguen sus motivos para evitar compensar a los pasajeros tras una cancelación, casi siempre relacionados con causas de fuerza mayor, como condiciones meteorológicas desfavorables o riesgos para la seguridad. Pero una huelga anunciada y confirmada no es causa de fuerza mayor: su gestación es de dominio público y la compañía debe tomar medidas para paliar las previsibles molestias a los viajeros. Y el Tribunal Superior de Justicia Europeo dejó claro hace unos años que una huelga sea legal o ilegal (huelga salvaje) no es causa extraordinaria.
Esperamos que en esta ocasión no pase como en 2018, y Ryanair compense a los afectados por las cancelaciones tal y como corresponde.
Viajero, tienes derechos
Si te cancelan un vuelo, tendrás derecho a una compensación automática, aunque no excluye que puedas pedir otras indemnizaciones que reclames por daños individuales que puedas demostrar.
- Si la cancelación se realiza para un viaje programado para dentro de dos semanas o más, Ryanair estará obligada a reembolsarte el importe del billete.
- Si te avisan de la cancelación entre 14 y 7 días antes de la hora de salida prevista, tendrás derecho a una indemnización automática si no te ofrecen un transporte alternativo que te permita salir con no más de dos horas de antelación a la salida prevista y te permita llegar a tu destino final con menos de 4 horas de retraso respecto a la hora prevista.
- Si la notificación se produce con menos de 7 días de antelación, tienes derecho a la indemnizacion automática a no ser que te ofrezcan tomar otro vuelo que salga con no más de una hora de antelación respecto a la hora prevista, y llegar a tu destino con menos de 2 horas de retraso.
Las compensaciones son de cuantía variable
Estas son las compensaciones automáticas, en función del tipo de vuelo y destino.
- De 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, que se convierten en 125 si te ofrecen viajar con una demora de no más de 2 horas.
- De 400 euros si se trata de un viaje intra-comunitario de más de 1.500 km, y para los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 km. (200 si te ofrecen una solución para viajar al destino con una demora de no más de 3 horas).
- De 600 euros en el caso de trayectos de más de 3.500 km (300 euros si te ofrecen viajar a tu lugar de destino con una demora de no más de 4 horas).
Estas son las compensaciones automáticas, pero también podrías pedir otras indemnizaciones por daños individuales (deberás demostrarlos, claro).
OCU te ayuda a reclamar
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