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Huelga en Ryanair: OCU recuerda sus derechos a los pasajeros afectados
11 ago. 2025Ante la huelga indefinida anunciada para el 15 de agosto por Azul Handling, que es la empresa que gestiona los servicios de tierra de Ryanair en los aeropuertos de Alicante, Barcelona, Girona, Ibiza, Lanzarote, Madrid, Málaga, Palma de Mallorca, Santiago de Compostela, Sevilla, Tenerife Sur y Valencia, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda a los viajeros afectados sus derechos.
1.- Reembolso del precio del billete. La compañía deberá abonarlo en un plazo no superior a 7 días desde la cancelación. Si el vuelo no se cancelase, pero el retraso superase las cinco horas, también puede solicitar el reembolso. ¿La aerolínea ofrece un transporte alternativo? En caso de aceptarlo, el pasajero estará renunciando al reembolso y a una posible compensación.
2.- Derecho de atención. Si el vuelo se retrasa más de dos horas, la compañía aérea deberá ofrecer gratis al pasajero comida y bebida suficiente, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico y, en caso necesario, alojamiento, incluido el transporte entre el aeropuerto y su alojamiento.
3.- Compensación automática. Además del reembolso del precio del billete.
Vuelo de hasta 1.500 km: 250 euros (125 euros si ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 2 horas).
Vuelo de entre 1.500 y 3.500 km (o vuelo dentro de la UE de más de 1.500 km): 400 euros (200 si ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 3 horas).
Vuelo de 3.500 km o más que salga fuera de la UE: 600 euros (300 euros si ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 4 horas).
El transportista queda exento de la compensación si puede probar que informó al pasajero de la cancelación con al menos dos semanas de antelación.
4.- Indemnización adicional. El pasajero tiene también derecho a una indemnización por los perjuicios causados que se puedan demostrar. Por ejemplo, la pérdida de otro vuelo ya contratado que estuviera vinculado al primero.
OCU recuerda que la solicitud del reembolso, la compensación y cualquier otra indemnización debe dirigirse a la compañía aérea con la que contrató el viaje, en este caso Ryanair. Y si no respondiera afirmativamente, a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Los usuarios afectados pueden comprobar la situación del vuelo en la página web de la compañía o de AENA, antes de desplazarse al aeropuerto correspondiente. Además, cualquier compensación o indemnización hay que solicitarla por escrito, directamente a la aerolínea, a través de su página web o en el mostrador del aeropuerto, dejando constancia de las circunstancias y la fecha, o bien a través de la agencia de viajes o la plataforma a través de la que se pagó el servicio.
Ante esta situación, la Organización espera que no se repita el escenario del habitual de reticencia de las compañías a pagar de manera voluntaria a los pasajeros afectados. En todo caso, OCU luchará por defender los intereses de los afectados, tal y como hizo hace siete años ante la pasividad de Ryanair, cuando decidió presentar una acción colectiva que finalmente la aerolínea aceptó reconociendo las cantidades reclamadas en su práctica totalidad.
Esta información ha sido elaborada por un equipo de profesionales de OCU que, en colaboración con otras asociaciones europeas de consumidores y una red internacional de laboratorios independientes, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de consumo. Su trabajo se sustenta en los principios de ahorro, calidad, eficiencia, sostenibilidad y transparencia, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan sus más de 190.000 socios activos.
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