Servicios funerarios en tiempos de coronavirus

Todos coinciden. Una de las escenas más duras en este época oscura, llena de noticias tristes, es la imposibilidad de acompañar a los seres queridos en sus últimos momentos y el no poder despedirlos como nos gustaría.
Junto a los servicios médicos saturados y el personal dando lo mejor de si mismos, también merecen una mención los servicios funerarios, esos profesionales con los que no querríamos tener trato y que se ven desbordados por una situación como esta. Su buen hacer es una realidad demasiado cercana en estos días. Pero también hay críticas, dudas de los consumidores, quejas en redes, falta de información de los usuarios a la hora de decidir… Una información más transparente ayudará a facilitar las cosas.
Medidas excepcionales en la celebración de servicios funerarios
Se ha emitido una orden por la que se establecen medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19. Entre otras medidas, en esta norma:
Se regulan las opciones de despedida y acompañamiento a fallecidos
- Se prohíben los velatorios en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, así como en los domicilios particulares.
- Se establece que en el caso de fallecidos por COVID-19, no se podrán realizar prácticas de tanatoestética, intervenciones de tanatopraxia, ni intervenciones por motivos religiosos que impliquen procedimientos invasivos en el cadáver
- Se indica que se pospondrá la celebración de cultos religiosos o ceremonias civiles fúnebres hasta la finalización del estado de alarma
- La comitiva para entierro o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de tres familiares o allegados, además, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto. En todo caso, se deberá respetar siempre la distancia de uno a dos metros entre ellos
Se regulan las medidas que deben cumplirse en los servicios funerarios
- Los precios quedan congelados respecto a los vigentes el 14 de marzo, fecha de entrada en vigor del Estado de Alarma.
- La funeraria debe dar presupuesto desglosado con los precios correctos.
- Se deben devolver los importes que se hayan cobrado por servicios que no se puedan realizar
- Los pagos que ya se hayan hecho con subidas respecto al 14 de marzo deberán devolverse. El consumidor tiene 6 meses para reclamarlo.
Transparencia para evitar dudas de los consumidores
Tradicionalmente, el sector funerario se ha caracterizado por su falta de transparencia a la hora de exponer su libro de tarifas o facilitar presupuestos detallados, como OCU ha manifestado en anteriores estudios.
Ahora, con los desplazamientos limitados a lo imprescindible, en un momento en que hay que optar por el contacto telemático, un rápido análisis de las páginas web de 50 funerarias de 16 ciudades señala que solo 5 informan de manera completa y detallada sobre sus tarifas, 8 informan del coste global, y 37 no ofrecen ningún tipo de información sobre sus precios.
Esta falta de información dificulta que los los consumidores puedan comparar las tarifas de las diferentes empresas funerarias, y la selección del servicio que mejor se ajusta a sus necesidades, pero sobre todo no tienen forma de conocer a priori cuales son los precios vigentes antes del 14 de Marzo y si los incluidos en sus facturas o presupuestos son ajustados a la norma.
Informar bien para poder elegir
Por eso, desde OCU pedimos que se informe en las paginas web, en detalle del catálogo de tarifas, algo que servirá para aportar transparencia y prevenir problemas y abusos, algo siempre necesario, pero más en estos momentos tan duros.
¿Cómo actuar si tienes seguro de decesos?
- Revisa los servicios y capitales incluidos en la póliza. La mayoría de las pólizas establecen un capital asegurado que, si no se consume en su totalidad, la aseguradora devuelve la diferencia. Si no pueden prestarse los servicios previstos, como puede ser el caso del velatorio, puedes reclamar el coste de esos servicios a la aseguradora.
- Renegocia con la aseguradora los servicios que sí se van a prestar. Es posible, por ejemplo, que tengas contratada un arca muy bonita o coronas de flores que, en una despedida tan reducida, no compensen su coste. Normalmente las aseguradoras dan la opción de cambiar esto a última hora. Puedes reducir costes si ya no tienen la utilidad para la que se contrataron y es de esperar que te devuelvan el dinero.
- Pide una copia de la factura a la aseguradora con los servicios y costes desglosados de la funeraria. Es la que permite acreditar a la aseguradora cuál es la cantidad que tiene que devolver por diferencia con el capital asegurado.
OCU te ayuda
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