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No pueden negarte la factura en papel

Si quieres tener tu factura en papel, te la tienen que facilitar, no pueden ampararse en subterfugios: el Tribunal Supremo ha establecido en una reciente sentencia que la cláusula de los contratos que vincula el pago por domiciliación con la aceptación de la factura electrónica es abusiva.

24 mayo 2024
factura en papel

¿Factura en papel o electrónica? La decisión es tuya

El Supremo ha dictado sentencia sobre un caso de mucho interés, en el que se limita el derecho de los usuarios a recibir la factura en papel. 

Sanción a Telefónica por negar la factura en papel

La administración de consumo ha sancionado a Telefónica (Movistar) con una multa de 765.001 euros, al considerar que era abusiva una cláusula de sus contratos que establecía que, si el cliente optaba por la domiciliación bancaria como método de pago, aceptaba tácitamente recibir la factura en formato electrónico. En la práctica, esto se entiende como una imposición a los clientes de esa factura electrónica.

Ahora el Tribunal Supremo ha dictado sentencia, confirmando la multa y estableciendo que, si el consumidor no se manifiesta de manera expresa optando por la factura electrónica o en papel, la empresa no puede imponer la factura electrónica y limitar los derechos básicos del consumidor reconocidos por ley: es decir, no puede ser que por defecto se establezca la factura electrónica.

El Supremo dice que, en este caso, la cláusula en cuestión debe calificarse como abusiva, pues se impone la factura electrónica en perjuicio de los consumidores que no tienen acceso a Internet o no saben cómo usar la conexión.

La decisión es del consumidor

Es frecuente que las empresas quieran simplificar sus procesos y por ello ofrezcan facturas electrónicas, pero tú tienes derecho a elegir cómo prefieres recibirlas, y no lo decimos nosotros, sino que así lo establece la ley:

  • El Real Decreto 1619/2012 regula cómo deben expedirse las facturas. Según el artículo 8, puedes recibir tus facturas en papel o electrónicamente, siempre que se garantice la autenticidad, integridad y legibilidad de la factura. Y en el caso de las facturas electrónicas, se establece que deben enviarse solo si se da el consentimiento.
  • Además, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, incorporó en el año 2014 un párrafo 3 al artículo 63 que refuerza el derecho del usuario a recibir facturas en papel sin coste alguno, establece que la expedición de la factura electrónica estará condicionada a qu se haya obtenido previamente el consentimiento expreso del consumidor, un consentimiento que puedes revocar este consentimiento en cualquier momento.

En resumen:

  • Tienes derecho a recibir la factura en papel y no deberías tener que realizar ningún trámite adicional para que esto ocurra ni pagar de más por ella.
  • Si prefieres recibir las facturas electrónicas, debes dar tu consentimiento claro y explícito.
  • Si decides que ya no quieres recibir facturas electrónicas, puedes revocar tu consentimiento

Y recuerda, si en cualquier momento sientes que no se están respetando tus derechos, no te cruces de brazos: haz como los clientes de Movistar que reclamaron para exigir su factura en papel. En OCU te ayudamos, estamos a tu lado para orientarte y buscar la mejor solución

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