Nuestra referencia: Siniestro nº 0253801799Expediente SDC nº 2024-0044950Muy Sres. Nuestros: Damos respuesta al Expediente nº 2024-0044950 que fue abierto en este Servicio de Defensa del Cliente con motivo del escrito de reclamación que nos enviaron en relación con el siniestro de referencia en representación del tomador de la póliza, D. Jose Galián Raja.En dicho escrito muestra su disconformidad con el trámite del siniestro y tiempo transcurrido para realizar los trabajos en la vivienda. Conferido traslado al Centro encargado de la gestión objeto de su reclamación se han recibido en este Servicio las alegaciones correspondientes, donde nos informan de la cronología de las gestiones llevadas a cabo y situación actual del siniestro. Analizado por este Servicio de Defensa del Cliente el proceso que ha derivado en su reclamación, se han obtenido las siguientes conclusiones: Al tener conocimiento del siniestro, por medio del Centro Tramitador se realizó encargo pericial.2. Hay que tener en cuenta que en inicio se informó tanto al perito como a la Compañía que los asegurados repararíande manera particular, solicitando únicamente a través de asistencia servicio de limpieza y valoración para indemnización: Así, consta en el avance de informe de 18 de abril.Perito queda a la espera de reparadores particulares para continuar con el estudio y valoración y solicita a través de asistencia servicio de limpieza atendiendo petición el 19/4.A través de asistencia también se solicitó electricista pero finalmente se anula al reparar de manera particularsolicitando solo limpieza a través de compañía. El 24/4 se acude a la vivienda a realizar los trabajos de limpieza, pero finalmente no se realiza por petición de asegurada6. El perito ha traslado las siguientes aclaraciones con respecto a su gestión: Buenos días.En contestacióna su solicitud:- Las gestiones de envío de reparadores, han sido llevadas desde un principio por la Mediadora de la póliza que nos informó de reparadores particulares, salvo, una llamada posterior en la que solicitaba el gremio de limpieza MUY urgente para que les fuese enviado por la Cia. , debido a no disponer de este servicio las empresas reparadoras ynecesitar utilizar la cocina, gestiones que llevamos a cabo ese mismo día y con la urgenciarequerida.Una vezque limpiadoras se personaron en la vivienda a su cometido, y aun después de haber concertado visita el día anterior sin ningún tipode alegación, los Propietarios dijeron que no queríanque realizaránla limpieza ya que segúnllamada telefónicade ese servicio desde la misma vivienda, la Propietaria lo estaba realizando ella misma, por lo que despuésdel desplazamiento se tuvieron que marchar nuevamente.- Por nuestra parte, hemos contactado varias veces con los distintos reparadores que se nos ha indicadoque iban a intervenir, para la coordinacióny ajuste de los trabajos, siendo el mayor escollo la autorizaciónde cual Empresa debíarealizar los desmontajes y que no requeríade nuestra autorización al no ser de la Asistencia de la Cia., por lo que hemos debido acoplarnos a su disposición, la Mediadora ya ha autorizado, por lo que el desmontaje se ha realizado y la Empresa de albañilería/electricidadintura, puede actuar. Es por esto, que entendemos que los Asegurados estánperfectamente informados sobre los plazos de actuación con las empresas intervinientes y que deben tener las citas concertadas a lo largo del tiempo, por nuestra parte hemos dado instrucciones en repetidas ocasiones sobre los trabajos a realizar, quedando pendientes del citado desmontaje de muebles, para comprobar posibles daños ocultos. Ya existe una valoración inicial, y Asistencia ha realizado algunos trabajos, pero finalmente los asegurados repararán de forma particular y se procederá con la indemnización correspondiente. Actualmente se está a la espera de recibir ampliación pericial para proceder con la indemnización.Lamentamos los inconvenientes que este asunto haya podido causar a los asegurados. La gestión de los siniestros ha de ser lo más ágil posible, lo cual en este caso no hay sido posible.No obstante, hay que tener en cuenta que la Ley 50/80 de 8 de octubre de Contrato de Seguro esce un plazo de 3 meses para considerar demora, por lo que la Compañía dispone hasta el 13 de julio para proceder con la indemnización del siniestro.Si la indemnización no se abonase antes de esa fecha, habrá de ser incrementado con los intereses de demora recogidos en la Ley antes mencionada. Por lo expuesto, el Servicio de Defensa del Cliente si bien lamenta la impresión de desatención que el reclamante haya podido percibir o las incidencias que hubiese habido en el siniestro, concluye que actualmente el trámite del siniestro se encuentra todavía en plazo.Asimismo, ponemos en su conocimiento que en caso de disconformidad con esta Resolución podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, pudiendo utilizar el formulario que dicho organismo público pone a su disposición en su página :www.dgsfp.mineco.es/es/Consumidor/ProteccionAsegurado/Paginas/InformacionProcedimiento.aspx o bien, si lo prefiere, se lo podemos facilitar desde este Servicio de Defensa del Cliente.Atentamente, __________ Maria Garcia CaeiroServicio de Defensa del ClienteZurich Spain Acanto, 22, 2º28045 Madriddefensacliente-es@zurich.com******************* PLEASE NOTE *******************This message, along with any attachments, may be confidential or legally privileged. It is intended only for the named person(s), who is/are the only authorized recipients. If this message has reached you in error, kindly destroy it without review and notify the sender immediately. Thank you for your help.********* ROGAMOS LEA ESTE TEXTO ***********Este mensaje y sus anexos pueden contener información confidencial y/o con derecho legal. Está dirigido únicamente a la persona/s o entidad/es reseñadas como único destinatario autorizado. Si este mensaje le hubiera llegado por error, por favor elimínelo sin revisarlo ni reenviarlo y notifíquelo inmediatamente al remitente. Gracias por su colaboración.***************************************************************************** PLEASE NOTE ******************* This message, along with any attachments, may be confidential or legally privileged. It is intended only for the named person(s), who is/are the only authorized recipients. If this message has reached you in error, kindly destroy it without review and notify the sender immediately. Thank you for your help. ********* ROGAMOS LEA ESTE TEXTO *********** Este mensaje y sus anexos pueden contener información confidencial y/o con derecho legal. Está dirigido únicamente a la persona/s o entidad/es reseñadas como único destinatario autorizado. Si este mensaje le hubiera llegado por error, por favor elimínelo sin revisarlo ni reenviarlo y notifíquelo inmediatamente al remitente. Gracias por su colaboración. ********************************************************** Confidential \ Personal Data