Buenas tardes.En septiembre de 2019 mi suegro compró en esta empresa un coche de segunda mano. Como pago entregó una cantidad de dinero y otro coche de segunda mano cuyo titular era mi esposa (por supuesto, debidamente autorizado por ella). Esperábamos que la empresa mencionada tramitase en Tráfico el cambio de titularidad del coche entregado (tenía 30 días desde la compraventa, según la página web de la DGT).Sin embargo, a primeros de mayo de 2020 nos llegó carta de pago del impuesto de vehículos de tracción mecánica, lo que nos extrañó, ya que este impuesto lo ha de pagar el titular del vehículo el día 1 de enero, y la trasmisión del coche se hizo en septiembre del año anterior.Inmediatamente sospechamos que la empresa citada no había gestionado el cambio de titularidad, con lo cual mi esposa seguía figurando como propietaria del coche.Este dato lo comprobamos unos días después, cuando un informe sobre datos del vehículo solicitado a una empresa privada nos confirmó que la titular del coche seguía siendo mi esposa. Por lo tanto, la empresa citada no había tramitado el cambio de titularidad del coche entregado , lo que conllevaba que, desde el punto de vista legal, mi esposa tuviese que pagar el impuesto del año 2020, ya que seguía siendo la titular.-Ante el problema, mi suegro habló unos días después con la empresa, diciéndoles que era a ellos a quienes correspondía pagar el impuesto de tracción mecánica del año 2020 ó a quienes ellos se lo hubiesen vendido, en su caso, pero nunca a nosotros.-Parecieron entender y reconocer el problema y le dijeron que lo solucionarían en breve.-unos días después, mi esposa (todavía propietaria legal del coche) les escribió un email reiterándoles la necesidad de solucionar el asunto, y rogándoles que le enviasen copia del permiso de circulación, con el nombre del nuevo titular, y del justificante del impuesto cuando lo hubiesen pagado, para dejarnos tranquilos. Esto fue el 27 de mayo del presente 2020. Contestaron inmediatamente asegurándonos otra vez que pronto estaría solucionado el problema.-Sin embargo, cuando se aproximaba el final del plazo para el pago (6 de julio) y seguíamos sin recibir la prueba de que la empresa hubiese cumplido sus obligaciones, decidimos pagar nosotros el impuesto y luego reclamárselo a la empresa, para evitar recargos o intereses, pago que efectuamos el 29 de junio pasado.Así, pues, ahora nos encontramos en esta situación (hemos pagado del impuesto de vehículos de tracción mecánica sin que nos correspondiera hacerlo y el coche sigue figurando -al menos no hemos tenido noticias de lo contrario- a nombre de mi esposa).Por todo ello hemos decidido reclamar a la empresa que se quedó con el vehículo que nos reembolse el impuesto por nosotros pagado indebidamente, así como que proceda a la inmediata gestión ante tráfico del cambio de titularidad del mismo.