Buen día,
El miércoles 8 de enero de 2025, mi esposa, Tania Fabiola Tamayo Grez, tenía una cita a las 10:15 a.m. en el Consulado de España en Santiago de Chile para entregar la documentación correspondiente a una estancia de estudios en España por un año, con fecha de inicio el 1 de marzo de 2025.
El visado solicitado era de estudiante, con dos familiares acompañantes: yo, su esposo, Claudio Andrés Alarcón Gálvez, y nuestra hija, Lisa Margarita Alarcón Tamayo. Sin embargo, ese día, la persona que la atendió denegó la entrega de la documentación, argumentando que no se pueden cursar visados para doctorados que no sean exclusivamente presenciales. En nuestro caso, el programa de mi esposa es de modalidad mixta.
Al no poder presentar la solicitud, el visado no fue tramitado y, por lo tanto, nos vimos obligados a suspender el viaje.
Uno de los requisitos exigidos para la solicitud del visado era la contratación de seguros de salud, los cuales adquirimos con Asisa International Students contratados con Global Solvens, empresa que comercializa seguros de Asisa. Adjunto el documento de la aseguradora que acredita el pago de 1,753 euros.
Tras la cancelación del viaje, solicitamos la anulación de los tres seguros apenas cinco días después de la contratación. Sin embargo, el asesor comercial de Asisa International Students, Cosmin Chirita, nos ha informado que para proceder con el reembolso es imprescindible presentar una carta de denegación del visado.
El problema es que, al no haberse cursado la solicitud de visado, el Consulado de España en Santiago de Chile se niega a emitir dicha carta, como me informaron en la cita que tuve el 29 de enero de 2025.
Solicitamos su apoyo en la gestión de este caso, ya que no contamos con la carta de denegación y, como familia, necesitamos la reversión del pago de 1,753 euros, dado que no podremos realizar el viaje.
Agradezco de antemano su comprensión y pronta respuesta.
Atentamente,
Claudio Andrés Alarcón Gálvez