Soy titular de una cuenta verificada y plenamente operativa en Trade Republic con un saldo aproximado de setenta mil euros (70.000 €) en efectivo.
Al intentar acceder desde un nuevo dispositivo, la aplicación mostró un error al introducir mi PIN (que no había cambiado). En el proceso de resolución, pulsé por error “Registrar” en lugar de “Acceder”, generando una cuenta duplicada incompleta. Desde ese momento, el sistema bloquea permanentemente el acceso a la cuenta original:
• El proceso de registro duplicado queda atascado en la verificación del DNI.
• Al introducir el PIN original (que el sistema sigue reconociendo como válido), me redirige invariablemente al registro incompleto pendiente.
• Resultado: acceso total y permanentemente bloqueado a mis 70.000 euros.
He agotado todas las vías oficialmente ofrecidas por Trade Republic sin obtener ninguna respuesta humana:
a) Aplicación móvil: imposible acceder o completar el registro. b) Chat interno de la app (desde la cuenta de un familiar): inicia exclusivamente con bot automático y no permite escalado a agente humano para casos no previstos en FAQ. c) Correos electrónicos enviados a quejas@traderepublic.com, service-es@traderepublic.com, a support@traderepublic y complaints@traderepublic.com: respuestas automáticas que no atienden la reclamación y ordenan “usar la app”, ignorando que el problema es precisamente la imposibilidad de usarla. d) Líneas telefónicas de emergencia +49 322 13232813 y +34 900 759 160: totalmente automatizadas (IVR), limitadas a bloqueo de dispositivo/tarjeta perdida, sin opción alguna de hablar con una persona.
Todo esto supone un incumplimiento grave de la normativa española La conducta descrita vulnera de forma palmaria la legislación vigente:
• Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras, que exige un servicio efectivo y accesible, sin que pueda condicionarse la presentación de reclamaciones al uso exclusivo de canales digitales cuando estos resultan inaccesibles.
• Ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela (artículo 21), que obliga expresamente a garantizar atención personal directa (humana) cuando se utilicen medios telefónicos o electrónicos para la gestión de quejas y consultas, prohibiendo el empleo exclusivo de contestadores automáticos o sistemas robotizados.
• El propio Reglamento del Servicio de Atención al Cliente de Trade Republic Bank GmbH, Sucursal en España, que reconoce el correo electrónico y el correo postal como vías válidas sin subordinarlas al uso de la aplicación.
La ausencia total de un canal efectivo alternativo al digital en un supuesto donde el problema radica precisamente en la imposibilidad de acceder a la app constituye un incumplimiento grave y manifiesto de las obligaciones legales mencionadas, generando una situación de absoluta indefensión al cliente.
4. Daños y perjuicios sufridos El bloqueo prolongado de 70.000 euros está ocasionando:
• Graves daños patrimoniales potenciales (imposibilidad de disponer de mis ahorros en caso de urgencia, y pérdida de oportunidades de inversión).
• Daños morales y angustia psicológica severa derivada de la incertidumbre absoluta sobre el destino de mis fondos y la sensación de total desamparo frente a una entidad que me impide cualquier contacto humano.
POR TODO ELLO
RECLAMO QUE UN SER HUMANO SE PONGA EN CONTACTO CONMIGO USANDO EL EMAIL DE CONTACTO, PARA PODER ATENDER MI PROBLEMA Y RECUPERAR MI DINERO.