Buenos días, Me apunté al gimnasio con fecha 20 de julio de 2020, eligiendo la modalidad de permanencia de un año. Quise darme de baja tan solo cuatro días después (el 24 de julio), debido a que, por motivos familiares y por el avance del coronavirus, me vi obligado a regresar temporalmente a mi ciudad natal y no iba a poder utilizar las instalaciones. Por ello, solicité la rescisión del contrato el día 24 de julio a través del correo cuotas@basicfit.com. No tuve ninguna respuesta hasta pasadas más de dos semanas. La respuesta por parte de Basic-fit fue un email predefinido en el que se limitaban a comunicarme que no era posible, puesto que había formalizado la inscripción en el gimnasio y no a través de la plataforma online y que, por lo tanto, no tenía derecho a rescindir el contrato y sin hacer referencia alguna a que el artículo 8 de las condiciones generales contempla la cancelación anticipada por mudanza. Igualmente, me parece abusivo y desproporcionado que la empresa entienda que se puede ejercer el derecho de rescisión en las 4 primeras semanas cuando efectúas la contratación online y no cuando la haces en el propio gimnasio. Es evidentemente un trato desigual para con sus consumidores que excede de la mera actividad promocional de la contratación on line y menoscaba los derechos del consumidor en la contratación presencial obligando a abonar mes a mes servicios no disfrutados. A ese correo les respondí que no estaba conforme y que me facilitaran, por favor, el correo del departamento correspondiente para resolver el conflicto. A este email directamente no me respondieron. Les escribí un sinfín de veces más, solicitándoles la rescisión del contrato por los motivos señalados y la empresa se limitó a ignorarme, a mandarme emails predefinidos que no respondían a lo que yo les planteaba y a pasarme los recibos mes a mes. Recibos que obviamente he devuelto, habida cuenta de la pasividad de la cadena ante este conflicto y la situación de absoluto desamparo en la que me han colocado. Cuando finalmente, cinco meses después, el 21 de diciembre, obtuve una respuesta no predefinida, la asistente me solicitó que le enviase un documento oficial de empadronamiento que acreditase el cambio de domicilio. Les envié el documento requerido y me respondieron que no era válido, porque aunque acreditaba mi empadronamiento en Don Benito, Extremadura, en él no constaba ningún cambio de domicilio. Nunca he estado empadronado en Madrid por el simple hecho de que no tenía obligación legal de hacerlo y me encuentro en Madrid por motivos de estudio, lo que desvirtúa este medio como el único medio de prueba posible para acreditar mi mudanza. Además y en todo caso, en el artículo 8 de las condiciones generales expresamente indica que se debe presentar el documento oficial de empadronamiento a los únicos efectos de acreditar la nueva dirección, no el cambio de domicilio. Les respondí de nuevo expresándoles mi disconformidad y reiterándoles mi intención de llegar a un acuerdo razonable. De nuevo, no hubo respuesta. Considero que se trata de un comportamiento manifiestamente abusivo y desproporcionado por parte de la empresa. Llevo sin ir a las instalaciones desde el mes de julio (insisto: fui tan solo cuatro días) y su intención es que abone el coste del año entero. Desde un principio he estado dispuesto incluso a pagar una penalización por rescisión, claro está, con criterios de proporcionalidad. Sin embargo, no considero que, dadas las circunstancias y acreditado mi domicilio en Don Benito, deba pagar mes a mes un servicio que no consumo, ni tampoco los recibos que me han pasado hasta ahora, puesto que llevo nada menos que siete meses expresando mi deseo de resolver el contrato y la empresa se ha limitado a ignorarme y a no ofrecerme ninguna alternativa. Gracias por su atención,