Hola,
Soy arrendataria de una vivienda situada en Barcelona Cuidad, expongo los siguientes hechos:
El día 28 de febrero solicité un servicio de cerrajería de urgencia al no poder acceder a la vivienda. Un técnico de su empresa acudió al domicilio y procedió a realizar la apertura de la puerta.
Tras la intervención se me emitió una factura (en anexo) por un importe total de 931,70 €, en la que constan los siguientes conceptos:
● Apertura cerradura Fichets: 580 €
● Servicio de urgencia: 95 €
● Desmontaje perfil Fichet: 95 €
Y constan claramente la cerradura en mal estado y el bombín bloqueado.
Durante la intervención, el técnico me informó de que el coste total del trabajo podría ascender aproximadamente a 1.800 € (prueba anexada), motivo por el cual manifesté mi desacuerdo con dicho importe por considerarlo desproporcionado y comuniqué mi intención de contactar con otra empresa de cerrajería.
En ese momento el técnico retiró la cerradura completa (cuerpo central vertical de cerradura Fichet), sin proceder posteriormente a su devolución. Dicho cuerpo central tiene un valor aproximado de 500 €.
Asimismo, tras la actuación realizada, la puerta quedó abierta y sin cerradura instalada, lo que me generó una situación de indefensión y un perjuicio evidente. Y la empresa que asistió posteriormente tuvo que poner el cuerpo central vertical que vosotros sin consentimiento habéis retirado.
Por todo lo expuesto, considero que el servicio prestado presenta indicios de cobro abusivo y actuación irregular, ya que:
● El importe facturado resulta claramente desproporcionado para un servicio de apertura de puerta.
● Se retiró una cerradura de propiedad del arrendador del inmueble, sin justificar su retirada.
● El servicio finalizó dejando la puerta sin cerradura, lo que agravó la situación inicial.
SOLLICITUD:
Por medio del presente escrito SOLICITO:
1. La compensación económica correspondiente al valor aproximado de la cerradura retirada.
2. La revisión y rectificación de la factura emitida, con la devolución de las cantidades que resulten abusivas o no justificadas.
En caso de no recibir respuesta o solución satisfactoria en el plazo máximo de 30 días, procederé a presentar formalmente la correspondiente reclamación ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) y la Organización de Consumidores y Usuarios, así como a iniciar las acciones legales que correspondan, pudiendo poner los hechos en conocimiento de las autoridades competentes por posible práctica abusiva hacia consumidores.
Espero recibir su respuesta por escrito en un plazo de 30 días, tal y como establece el Decreto 98/2014 de 8 de julio sobre el procedimiento de mediación; de lo contrario, nos veremos obligados a tomar las medidas oportunas.