Estimados señores,
El día 22 de enero, realicé el depósito de €200 en concepto de señal referente al alquiler de un apartamento ubicado en Calle Haya, 17, en Mairena del Aljarafe, Sevilla. Posteriormente, el miércoles 29 de enero, solicité a la comercial Sra. Sonia Mellado la devolución de dicho importe debido a un desacuerdo contractual. En esa ocasión, ella me confirmó que la devolución se realizaría y que el reembolso tardaría, como máximo, una semana.
Me dirijo a ustedes para reiterar, por última vez, mi solicitud de reembolso del importe de €200, correspondiente a la reserva del apartamento en Calle Haya, 17, en Mairena del Aljarafe, Sevilla.
Quiero dejar claro que en ningún momento desistí voluntariamente del alquiler tras pasar el Scoring. Mi solicitud de cancelación se debió a irregularidades en el proceso, especialmente a la falta de un contrato detallado y específico para el apartamento en cuestión. Hasta el día de hoy, 7 de febrero de 2025, más de 15 días después de la reserva, aún no he recibido el borrador del contrato corregido y específico correspondiente a la vivienda de Calle Haya, 17, en Mairena del Aljarafe, Sevilla.
El único documento que me fue proporcionado fue un borrador genérico de la inmobiliaria, sin ningún dato específico sobre el apartamento, incluso después de que solicité correcciones a la comercial. Este incumplimiento vulnera mi derecho a recibir información clara y suficiente antes de formalizar cualquier acuerdo.
Base legal:
Artículo 3 del Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compraventa y arrendamiento de viviendas:
"Artículo 3.° La oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de viviendas se hará de manera que no induzca ni pueda inducir a error a sus destinatarios, de modo tal que afecte a su comportamiento económico, y no silenciará datos fundamentales de los objetos de la misma."
→ La falta de entrega de un contrato detallado y específico para la vivienda reservada vulnera este principio de información suficiente, ya que el único documento recibido fue un modelo genérico de la inmobiliaria.
Artículo 80.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios:
"Artículo 80. Requisitos de las cláusulas no negociadas individualmente.
1. En los contratos con consumidores y usuarios que utilicen cláusulas no negociadas individualmente, incluidos los que promuevan las Administraciones públicas y las entidades y empresas de ellas dependientes, aquéllas deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Concreción, claridad y sencillez en la redacción, con posibilidad de comprensión directa, sin reenvíos a textos o documentos que no se faciliten previa o simultáneamente a la conclusión del contrato, y a los que, en todo caso, deberá hacerse referencia expresa en el documento contractual. b) Accesibilidad y legibilidad, de forma que permita al consumidor y usuario el conocimiento previo a la celebración del contrato sobre su existencia y contenido. En ningún caso se entenderá cumplido este requisito si el tamaño de la letra del contrato fuese inferior a los 2.5 milímetros, el espacio entre líneas fuese inferior a los 1.15 milímetros o el insuficiente contraste con el fondo hiciese dificultosa la lectura. c) Buena fe y justo equilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes, lo que en todo caso excluye la utilización de cláusulas abusivas. 2. Cuando se ejerciten acciones individuales, en caso de duda sobre el sentido de una cláusula prevalecerá la interpretación más favorable al consumidor.
→ Un contrato genérico, sin datos específicos del apartamento arrendado, puede ser considerado una cláusula abusiva y, por lo tanto, nulo, ya que no garantiza la transparencia exigida por la normativa de consumidores.
Artículo 31 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda:
Artículo 31. Información mínima en las operaciones de compra y arrendamiento de vivienda. 1. Sin perjuicio de los principios y requerimientos contenidos en la normativa autonómica de aplicación y con carácter mínimo, la persona interesada en la compra o arrendamiento de una vivienda que se encuentre en oferta podrá requerir, antes de la formalización de la operación y de la entrega de cualquier cantidad a cuenta, la siguiente información, en formato accesible y en soporte duradero, acerca de las condiciones de la operación y de las características de la referida vivienda y del edificio en el que se encuentra: a) Identificación del vendedor o arrendador y, en su caso, de la persona física o jurídica que intervenga, en el marco de una actividad profesional o empresarial, para la intermediación en la operación. b) Condiciones económicas de la operación: precio total y conceptos en éste incluidos, así como las condiciones de financiación o pago que, en su caso, pudieran establecerse. c) Características esenciales de la vivienda y del edificio"
→ Esto incluye la obligación de proporcionar información clara sobre las características esenciales del apartamento antes de formalizar el contrato.
Además, antes de solicitar la devolución de la reserva, ya había notificado a mi arrendador actual sobre mi intención de dejar mi vivienda para mudarme a Calle Haya, 17. Sin embargo, después de que la Sra. Sonia Mellado me confirmara explícitamente, tanto por mensaje como por llamada los días 29 y 31 de enero de 2025, que la devolución de la reserva sería procesada, procedí a cancelar la notificación de salida de mi vivienda actual, confiando en dicha confirmación.
Sonia también me indicó que hoy debía reiterar el pedido, ya que ella lo realizaría igualmente.
Por lo expuesto, solicito la remesa inmediata del importe de €200 a la cuenta bancaria desde la cual se realizó el pago. En caso de no recibir una respuesta favorable dentro de este período, me veré en la necesidad de emprender acciones legales ante los tribunales competentes. Además, procederé a contactar a la policía para averiguar posibles crímenes relacionados con este asunto.
Agradezco su pronta respuesta y la confirmación de la devolución dentro del plazo indicado.
Un saludo.