Número de expediente: 104904598-31 Estimado socioNos ponemos en contacto con usted en referencia a su escrito. He de indicarle que conforme al Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Consumidores y Usuarios y otras leyes complementaria, se esce que el vendedor responderá de los defectos que pueda presentar un producto durante los dos años siguientes a la fecha de entrega si el bien. Sin embargo, únicamente si el defecto del producto se manifiesta durante los primeros seis meses, se entiende que el fallo ya existía antes de la venta, y el producto debe ser reparado gratuitamente o sustituido por otro.Si concluida la reparación y entregado el producto, éste sigue siendo no conforme con el contrato, el consumidor podrá exigir la sustitución del producto, la rebaja del precio o la resolución del contrato.En este caso, sería Conforama el que tuviera que asumir la garantía. Por otro lado, para iniciar la mediación es necesario que nos remita copia de la factura de compra. Quedando a su entera disposición, reciba un cordial saludo.ASESORIA OCU click en el siguiente enlace: :na2.se.voxco.com/se/?st=6M9NIk9SWq8HyzjlFgxF4W8jaSnOeP%2f%2fnYmzdePx9%2bhpUU96hYFfCA%3d%3durlimport=1questlist=SESSIONIDSESSIONID=11110799