El 26/12/2024, adquirí una cocina completa en IKEA, con todos los electrodomésticos incluidos, entre ellos un horno de la marca Whirlpool. La compra fue realizada en Ikea 7 Palmas en la provincia de Las Palmas, y se encuentra dentro del periodo de garantía legal de tres años que ampara los bienes de consumo según el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
Hace unas semanas he detectado la aparición de manchas de óxido en la puerta del horno, un defecto que considero anómalo en un electrodoméstico con menos de un año de uso reducido y adecuado.
Contacté con el servicio postventa de IKEA, quienes me indicaron que debía gestionar la incidencia directamente con el fabricante Whirlpool. Sin embargo, Whirlpool ha rechazado la cobertura de la garantía alegando que este tipo de daños no están incluidos, sin ofrecerme solución ni revisión técnica adecuada.
De acuerdo con la legislación vigente, el responsable de la garantía ante el consumidor es el vendedor, en este caso IKEA, que debe responder de los defectos de conformidad que se manifiesten dentro del plazo legal, salvo prueba de mal uso o desgaste natural debidamente acreditado.
Por tanto, considero que se ha vulnerado mi derecho a una reparación, sustitución o solución adecuada conforme al artículo 120 y siguientes del citado Real Decreto Legislativo 1/2007.
Solicitud:
Solicito que la OCU intervenga para instar a IKEA a cumplir con sus obligaciones como vendedor y que atienda la garantía del horno, procediendo a la reparación, sustitución o resolución del contrato, según corresponda.
Agradezco de antemano su atención y quedo a disposición para ampliar cualquier información o documentación necesaria.