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Problema con baja y cobro asociado

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PURISIMA CONCEPCION MPS

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I. D.

A: PURISIMA CONCEPCION MPS

20/06/2022

Les escribo a través de la OCU, en relación al contrato (18.844.061 y 18.844.060) que establecí con ustedes (para mi mujer, mi hija y para mi), con fecha 24/05/2021, y que me tramitó Asesor/a S.S.R. El día 10 enero 2022, le comunique Asesor/a que durante las navidades 2021/22, tuvimos conocimiento que, mi mujer, estaba incluida en otro seguro de decesos (con sus padres), en otra aseguradora, y que por tanto, no tenía sentido dicha duplicidad en pago mensual. Por este motivo, solicité a Asesor/a quitar a mi mujer de la póliza contratada con ustedes, y si podía ser posible pasar su acumulado a la mía, o a la de mi hija. Asesor/a me dijo que no era posible traspasar el dinero acumulado a otra persona asegurada, y en segundo lugar, que en relación a su baja, tenía que transcurrir la permanencia de 1 año obligatoriamente, por lo que hasta mayo 2022, no se podría tramitar su baja (la de mi mujer). Quedamos en hablar en mayo 2022.Con antelación al plazo que me dijo, me puse nuevamente en contacto el día 6 de abril de 2022. Al no contestarme nada, la insté a que me contestase con fecha 5 de mayo 2022. Su respuesta fue que había cambiado de móvil ¿?, y, que volviese a recordar mi solicitud. Así lo hice. Al no contestarme nuevamente nada, volví a escribir con fecha 9 de mayo 2022, contestándome, que debía solicitar la baja de mi mujer por escrito a la siguiente dirección de correo electrónico: info@purisimamps.esAdemás, me dijo que lo que pasa es que al ser año natural no se hará efectiva hasta diciembre de este año 2022. Bajo mi asombro e indignación, le agradecí su gestión, y mostré mi insatisfacción sobre el contenido de su respuesta. Tramite la baja de mi mujer, con fecha 19/05/22 pero no he recibido documento alguno sobre su baja o confirmación de la misma. Simplemente me dicen ustedes con fecha 20/05/22 que Tomamos nota de su petición, que trasladamos al departamento de bajas”.Por otro lado, y en paralelo, el día 7 de junio les escribo este correo:No he recibido respuesta por su parte desde el pasado 20 de mayo de 2022 (correo antecedente), ni tampoco a ninguna de mis reiteradas consultas, efectuadas en los correos electrónicos que les envié con fechas: 19/05/2022, 18/05/2022, y 11/05/2022 en relación al cobro de mi mujer sobre el contrato 18.844.060 Ya he comprobado que ustedes continúan pasando el mismo recibo. He revisado con mi banco ING DIRECT el cobro mensual, y siguen cobrando el mismo importe mensual de 20,86 euros (días 6 de cada mes). Este mes de junio, día 6, han vuelto a cobrarme 20,86 euros. En otras palabras, ustedes NO me confirman la baja de mi mujer en la póliza del seguro de decesos contratado con ustedes, y me siguen pasando el mismo cobro, con igual importe cada mes, siendo 20,86 euros. La verdad que pensaba que al haber estado mi abuela, y mi tía, toda una vida con ustedes, hasta que fallecieron, me pensaba que mi familia y yo recibiríamos un trato justo y transparente. Les solicito me respondan por escrito a esta cuenta de correo, con copia a mi mujer (va también en copia), a las cuestiones que les llevo formulando desde el día 11 de mayo de 2022. Si en el plazo de 10 días naturales desde el envío del presente correo, no tengo respuesta suya, tomaremos las medidas oportunas y pertinentes como consumidoras de su servicio de decesos.Es entonces cuando ustedes por fin responden a la cuestión del cobro de la baja de mi mujer con el siguiente mail, con fecha 08/06/22:Le informamos que las bajas se cursan a fecha de finalización del contrato, tal y como indica el Reglamento de Prestaciones, CAPITULO III. COTIZACIÓN, Artículo 7. Nacimiento, duración y extinción de la obligación de cotizar: El presente seguro se contrata por un período de un año, coincidiendo con el año natural. A la expiración de dicho período se entenderá prorrogado por un plazo de un año, y así sucesivamente a la finalización de cada anualidad, salvo que el contratante notifique su oposición por escrito adjuntando copia del DNI un mes antes de la expiración del período anual. Para cualquier duda o consulta, estamos a su disposición.En el contrato que ustedes me facilitaron no especifica dicho contenido, y el/la Asesor/a por escrito me dijo el día 18/05/2021 que nos respetaban la antigüedad de mi tia Doña M.T.F.P. Entonces, ¿por qué la permanencia hasta mayo del siguiente año, y por qué el cobro hasta el final del año siguiente?Quiero negociar y llegar a un acuerdo justo y equitativo para ambas partes. Gracias por su atención. Fdo. Mi mujer Fdo. Yo.


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