Datos del reclamante:
Nombre: Manuel Fuentes Junco
DNI: 72059554W
Datos de la motocicleta:
Marca y modelo: BMW F800ST
Matrícula: 5286 FFL
Potencia: 62,5 kW (85 CV)
Taller interviniente: Grunblau Motor S.A. (Concesionario oficial BMW Motorrad – Santander)
1. Con fecha 3 de noviembre de 2025, tras solicitar información previa y con cita concertada, entregué mi motocicleta BMW F800ST, matrícula 5286 FFL, en el concesionario oficial Grunblau Motor S.A. (BMW Motorrad) para la realización de la limitación de potencia conforme a la normativa vigente para el permiso A2, servicio que el concesionario afirmó poder realizar.
2. El 13 de noviembre de 2025 recogí la motocicleta en el concesionario y aboné la factura correspondiente por la instalación del kit de limitación.
Al revisar la factura, detecté que se había instalado un kit de 25 kW, el cual no cumplía la normativa vigente para la limitación a A2 y, por tanto, no era homologable en la ITV.
Tras informar de esta situación al jefe de taller, no se reconoció el problema; únicamente se me indicó que, en caso de inconvenientes en la ITV, el ingeniero de la ITV debería contactar con el jefe de taller.
A pesar de ello, se me instó a retirar la motocicleta, quedando en un estado no legal.
3. Tras la entrega, esperé la documentación para la homologación del kit, creyendo que pronto recibiría noticias.
Una semana después, me informaron telefónicamente que la copia de la documentación enviada era ilegible, solicitándome un nuevo escaneo, el cual envié de inmediato.
Tras varios intentos de contacto con el concesionario y el retraso acumulado, finalmente, el 12 de diciembre de 2025 se me comunicó que no era posible homologar el kit instalado, y que debía llevar la motocicleta nuevamente para retirar el kit y devolverla a su estado origina, echo que no sucedió hasta el 22 de diciembre de 2025.
4. Como consecuencia directa de la gestión incorrecta del concesionario, he sufrido diversos perjuicios:
Seguro caducado: El anterior propietario mantuvo de manera excepcional un seguro temporal para permitir la limitación; debido a los retrasos, dicho seguro finalizó antes de poder realizar la correcta instalación del kit.
Dependencia de terceros: Al no disponer del permiso de conducir A2, me vi obligado a depender de terceros para trasladar la motocicleta, tanto para su entrega como para la retirada del kit, generando molestias personales y logísticas.
Circulación ilegal: Durante la recogida y entrega, la moto quedó sin homologación y con el kit no legal, generando riesgo de sanción y problemas legales por circular de manera no conforme.
Tiempo y desplazamientos: Los retrasos acumulados y la necesidad de volver a llevar la moto al concesionario para revertir el trabajo incorrecto implicaron tiempo y gastos adicionales que no deberían haber existido.
5. Ante los problemas ocasionados, mi solicitud fue la instalación correcta de un kit homologable, con su debida inscripción en la ficha técnica (ITV), dejando la motocicleta conforme a la normativa vigente para el permiso A2.
Para minimizar perjuicios y facilitar la resolución, ofrecí que la gestión logística y la elección del taller para la limitación fuera por cuenta del concesionario o BMW, asumiendo únicamente la tasa de la ITV, que en cualquier caso me corresponde por ley.
BMW Ibérica denegó la solicitud, ofreciendo únicamente la devolución del importe abonado por el kit inicialmente instalado, sin ejecutar la limitación correcta.
Con ello, la solución propuesta por mí, sencilla y conforme a la normativa, no fue aceptada, obligándome a acudir a otros medios para que el trabajo contratado sea finalmente realizado de manera correcta.
6. Queda constancia de que la motocicleta fue entregada al concesionario con cita previa, siguiendo todos los procedimientos indicados, y que la instalación inicial del kit no cumplía la normativa vigente, generando perjuicios directos por retraso y riesgo legal.
Dado que BMW Ibérica ha denegado mi solicitud de instalación correcta del kit homologable, dejo constancia de mi reclamación formal, solicitando la resolución completa del servicio contratado, incluyendo la instalación de un kit adecuado y su inscripción en la ficha técnica, tal como fue solicitado originalmente.
Esta reclamación se realiza sin pretensión de compensación económica adicional, más allá de la correcta ejecución del servicio por el que ya se ha abonado la factura correspondiente.