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insatisfaccion aura

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

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Tu reclamación

I. J.

A: Aura seguros

13/01/2021

La presente es para comunicarles la insatisfacción ante la oficina de Santa Coloma de Gramanet (Barcelona).Mi madre, Francisca Martinez, falleció el 5 de Enero de 2020 y nadie de la compañía Aura se puso en contacto con nosotros después de que los del tanatorio les hicieran saber este hecho.A pesar de que mi madre pago durante 40 años tuvimos que tramitar todo a través del trabajador del tanatorio, no apareció nadie y ni tan solo hubo una llamada por parte de la seguradora.Días mas tarde, habiendo leído el contrato y hecho tres reclamaciones por teléfono, pedí hablar con el director/a de la agencia de Santa Coloma de Gramanet, el cual nunca me atendió y en su lugar me dieron vuestra dirección.Así pues, les exponemos nuestra queja ante tales hechos de no haber recibido el trato esperado por parte de la seguradora contratada hace ya años y la que prometía cosas como, cito textualmente un coche de lujo para los familiares, sarcófago recto de madera colonial, ...Por los hechos expuestos, reclamamos la devolución de los 700 euros que nos ha supuesto la incineración así como el coste del coche para los familiares que no se nos ofreció y la diferencia del ataúd prometido por el que en realidad se le puso a mi madre, que era uno de los mas sencillos.sin más y esperando ser atendida mejor que a través de la seguradora, reciba un cordial saludo de:Isabel Jimenez Martineznum. de contacto: 655915331

Mensajes (1)

Aura seguros

A: I. J.

14/01/2021

Estimados/as Srs/as: En relación a la reclamación remitida por Vds. en nombre de Dña. Isabel Jiménez Martínez sobre la póliza de seguros nº 15006 contratada con la Compañía Aseguradora AURA S.A. DE SEGUROS, procedemos a comunicar lo siguiente: Se recibió reclamación ante este servicio el pasado 23/10/2020 y se acuso recibo de la recepción de la reclamación el 27/10/2020 donde se solicitaba el DNI de la reclamante, así como de la asegurada fallecida para poder comprobar la identidades de los implicados conforme obliga la legislación sobre protección de datos personales y la legislación sobre seguros. Pues bien , en ningún momento se remitió a este Departamento dicha documentación, por lo que nos vimos obligados a archivar el expediente, tal y como se comunicó a la reclamante. Se adjunta email remitido en contestación email al recibido con la reclamación. Dña. Isabel ha contactado telefónicamente con la Compañía en varias ocasiones y se le ha informado que debía mandar sendos DNI y como insistimos en ningún momento ha remitido la documentación requerida. Dicho esto y dada esta nueva solicitud que ahora remiten se contesta lo siguiente, siendo que los plazos vuelven a comenzar desde esta nueva reclamación:Estimados/as Srs/as: En relación a la reclamación remitida por Vds. en nombre de Dña. Isabel Jiménez Martínez sobre la póliza de seguros nº 15006 contratada con la Compañía Aseguradora AURA S.A. DE SEGUROS, y tramitada por la OCU, procedemos a comunicar lo siguiente: A través del presente procedemos a acusar recibo del mismo conforme esce el art. 6 del Reglamento del Departamento de Atención al cliente de AURA SEGUROS S.A. “Artículo 6º.- Admisión a trámite. Recibida la queja o reclamación en el Departamento de Atención al Cliente, éste acusará recibo por escrito o por los medios legales escidos…”. Igualmente dicho artículo, en su párrafo segundo dice,“ Para el caso de que no se encontrase suficientemente acreditada la identidad del reclamante, o no pudiesen escerse con claridad los hechos objetos de la queja o reclamación, se emplazará al reclamante mediante decisión motivada para que en el plazo de 10 días naturales presente las alegaciones oportunas, durante los cuales queda interrumpido el plazo de dos meses que tiene la entidad para resolver, advirtiéndole que, en caso de no recibir contestación en tiempo y forma, se archivará la queja o reclamación sin más trámite.”Así, le informamos que necesitamos copia del Documento acreditativo de la identidad de Dña. Isabel Jiménez Martínez y de Dña. Francisca Martínez Romero (DNI, NIE, etc.),en el plazo de 10 días naturales.Una vez recibida la documentación solicitada procederemos al estudio de las circunstancias que rodean la reclamación efectuada y notificaremos la resolución del Departamento de Atención al Cliente en el plazo máximo de dos meses, tal y como esce el art. 8 del anteriormente mencionado Reglamento. "Artículo 8º.-Finalización y notificación. El expediente finalizará en el plazo máximo de dos meses a partir de la fecha en que la queja o reclamación fuera presentada en el Departamento de Atención al Cliente,…”.[cid:logo_f076ac29-8d0d-4b22-9276-a0b02e1a2f7a.png]Atención al Cliente Aura SegurosAv. Del Cid, 75 46014Valencia ValenciaTel. 963593805www.auraseguros.comSíguenos [cid:fb_e64666ce-ea61-4d9d-a833-4f5a1cbba068.png] [cid:tw_58157b3b-a27e-4289-8f72-3c12231a7a6f.png] [cid:in_d17f3be3-50c1-40f6-b1c8-7d484ac8e2e3.png] [cid:yt_b409a5e9-3478-4296-b04c-910506e1ed6e.png] [cid:Banner-Compromiso_Firma_2021_704640e8-b60c-422d-a6ad-ea805057028b.jpg] De: Enviado: miércoles, 13 de enero de 2021 20:37Para: Atención al Cliente Aura SegurosAsunto: Reclamación: insatisfaccion aura - (CPTES01165083-16)Aura Seguros trata los datos personales con diversas finalidades relacionadas con su actividad aseguradora entre otras, gestionar las comunicaciones con el interesado o la entidad a la que éste pertenece. Puedes ejercer tus derechos en la dirección de correo electrónico datos@auraseguros.com . El resto de información la podrás encontrar en nuestra web www.auraseguros.com/rgpd/ . Asimismo, es su responsabilidad comprobar que este mensaje o sus archivos adjuntos no contengan virus informáticos, y en caso de que los tuvieran, eliminarlos.


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