A la atención del servicio de reclamaciones;
En fecha 21 de diciembre de 2025 sufrí un incidente con el vehículo objeto de un contrato de renting suscrito con REVEL. Dentro del plazo contractual de 24 horas comuniqué el siniestro por correo electrónico, adjuntando justificante del servicio de grúa, después de intentar contactar telefónicamente sin éxito. El contrato establece expresamente que, en caso de accidente o daños, debe informarse a REVEL dentro de las 24 horas siguientes, obligación que cumplí en tiempo y forma .
Al día siguiente, REVEL me confirmó por correo electrónico que ya había iniciado las gestiones para abrir parte al seguro y solicitar taller para la reparación. Además, el propio contrato, en la cláusula de “Servicios de reparación de daños”, establece expresamente que REVEL asume “el seguimiento y control de todas las estancias en talleres de los Vehículos que tengan su causa en accidente de circulación, así como la coordinación de la relación entre el Cliente, la compañía aseguradora y taller donde se vaya a reparar el Vehículo” .
Sin embargo, desde entonces y durante varios meses, la gestión del siniestro ha sido claramente deficiente. Cada vez que he contactado con REVEL para conocer el estado de la reparación, la respuesta ha sido que no disponían de información y que no lograban contactar ni con el taller ni con la aseguradora. No obstante, cuando yo mismo he llamado por mi cuenta tanto al taller como a la aseguradora, he conseguido respuesta directa e inmediata, obteniendo incluso información relevante sobre el expediente que posteriormente he tenido que trasladar yo mismo a REVEL. En otras palabras, gran parte del seguimiento del siniestro lo he tenido que realizar personalmente, pese a que contractualmente correspondía a REVEL.
El 2 de enero de 2026, según me informó el propio entorno de la reparación, ya había pasado el perito para valorar los daños. Aun así, REVEL seguía indicándome que no tenía novedades. Posteriormente, desde el taller se me trasladó que faltaba autorización de la aseguradora, dato que tampoco constaba en REVEL hasta que yo se lo comuniqué. La situación se prolongó sin una respuesta clara, sin fecha cierta de reparación y sin una gestión diligente por parte de la empresa.
Tras semanas insistiendo, el 10 de febrero de 2026 REVEL me facilitó un vehículo de sustitución temporal. No obstante, dicho vehículo no se mantuvo hasta la resolución del siniestro, pese a que así se me había trasladado. A las semanas se me indicó que debía devolverlo; tras varias conversaciones, únicamente se amplió ese plazo unos días más, y finalmente fue devuelto el 23 de marzo de 2026, sin que hasta esa fecha se me hubiera dado solución definitiva respecto del vehículo siniestrado.
Desde entonces, he seguido reclamando una solución, tanto sobre la reparación como sobre una alternativa real de movilidad, sin obtener respuesta efectiva. El 30 de marzo de 2026 solicité formalmente una llamada con un responsable y una hoja de reclamaciones, dejando constancia además del trato recibido por parte de atención al cliente. En distintas llamadas he recibido respuestas poco profesionales, de mala educación e incluso interrupciones o finalización abrupta de la comunicación, sin solución alguna. REVEL me remitió finalmente la hoja de reclamaciones, pero continuó sin ofrecer una respuesta concreta sobre la resolución del expediente.
Durante todo este tiempo, se me han seguido cobrando las cuotas mensuales del contrato, cuyo importe asciende a 412 euros al mes. El contrato incluye arrendamiento del vehículo, seguro, asistencia en carretera, mantenimiento, ITV y atención al cliente, y además, en la cláusula de “Servicios de reparación de daños”, establece expresamente que REVEL debe asumir el seguimiento y control de las estancias en taller derivadas de accidente, así como la coordinación entre cliente, aseguradora y taller para la reparación del vehículo . Pese a ello, he permanecido durante meses sin disfrutar efectivamente del servicio contratado, sin información suficiente y sin una solución material y definitiva.
Esta falta de servicio me ha causado además perjuicios económicos y organizativos importantes. Contraté precisamente esta modalidad por necesidades concretas de movilidad personal y laboral. Debido a la falta de vehículo y a la ausencia de una alternativa estable, he tenido que asumir gastos adicionales de transporte para poder acudir al trabajo en determinados turnos de mañana muy tempranos, con un coste aproximado de entre 25 y 30 euros diarios durante varias jornadas al mes. Es decir, no solo he seguido pagando por un servicio no prestado de forma efectiva, sino que además he tenido que asumir gastos extra derivados directamente de esa falta de prestación.
Se adjuntan justificantes representativos de gastos de transporte al trabajo asumidos durante el periodo en que el vehículo no estuvo disponible, como muestra del perjuicio económico sufrido.
Por todo lo anterior, considero que REVEL ha incumplido sus obligaciones contractuales al no gestionar el siniestro con la diligencia debida, no coordinar de forma efectiva con taller y aseguradora, mantener durante meses al consumidor sin solución real y seguir cobrando las cuotas mensuales pese a la falta de disfrute efectivo del servicio.
Solicito:
Que se dé una solución definitiva e inmediata al expediente.
Que se resuelva el contrato sin penalización alguna para el consumidor, por incumplimiento imputable a la empresa.
Que cesen cualesquiera cobros futuros vinculados a dicho contrato desde la fecha de la resolución efectiva.
Que se regularicen o reintegren las cuotas abonadas durante el periodo en que no se ha prestado de forma efectiva el servicio contratado, o se compensen de forma proporcionada.
Que se compensen los perjuicios económicos ocasionados por la falta de vehículo y por la ausencia de una solución razonable durante estos meses.
Que se deje constancia de la queja por la atención al cliente recibida y se revise internamente la actuación de su servicio de atención.
Por todo lo expuesto, se interesa la tramitación de la presente reclamación y la adopción de una solución inmediata, justa y proporcionada, con expresa reserva del ejercicio de cuantas acciones adicionales pudieran corresponder al consumidor en defensa de sus derechos.
Muchas gracias.