Realicé un pedido en IKEA (nº 1548599421) cuya instalación estaba programada para el 16 de octubre de 2025. Sin previo aviso ni consentimiento, la empresa cambió la cita al 20 de noviembre de 2025, comunicándolo apenas unas horas antes (el 15 de octubre) mediante un correo en el que alegaban haber intentado llamarme por teléfono.
Esta modificación unilateral supone un incumplimiento contractual, ya que la propia confirmación de pedido de IKEA establece un plazo máximo de 30 días naturales para completar los servicios de montaje e instalación.
Además, la entrega de la cocina fue defectuosa e incompleta, y finalmente tuve que recibir los muebles a las 22:00 h, descargándolos personalmente ante la falta de organización de la empresa.
Como consecuencia, me encuentro sin cocina funcional desde el 19 de octubre hasta, según IKEA, el 20 de noviembre, lo que ha generado un grave perjuicio personal y económico.
IKEA no ha ofrecido una solución ni compensación por los daños ocasionados, limitándose a posponer el servicio.
He presentado una hoja oficial de reclamaciones ante Consumo (Junta de Andalucía) solicitando la devolución del importe del servicio de instalación y una compensación económica por los perjuicios sufridos.
Solicito a Ikea
Que IKEA se ponga en contacto conmigo para resolver el conflicto de forma amistosa, devolviendo el importe del servicio de instalación y ofreciendo una compensación justa por los daños ocasionados.