Que adquirimos un Range Rover Evoque en Flexicar Blanes
el pasado Miércoles, día 26 de febrero.
Que durante el proceso de compra siempre se nos dijo que era híbrido no enchufable, con cierta autonomía para funcionar de manera eléctrica. Estos hechos quedan documentados en las fotografías de las
distintas conversaciones de Whatsapp que mantuvimos con el comprador.
Que por defecto de forma en la factura, en la misma aparece que los kms del coche en el momento de la entrega eran de 35.670 cuando los kms reales en el momento de la entrega eran 38.520. Este hecho queda documentado ya que solicitamos que nos emitieran un apunte en el libro de revisiones del cual adjuntamos imagen.
Que por defecto de forma la fecha de su factura no es correcta. La fecha correcta es la de la firma de la misma el 26 de febrero a las 18:24, mediante firma electrónica.
Que durante los días 27 y 28 de febrero probamos el coche y vimos que no era híbrido y decidimos devolverlo ya que no era lo que habíamos comprado, ni lo que nos habían explicado durante el proceso de venta.
Además tanto la ley como el contrato nos ampara a realizar esta devolución.
Que el pasado sábado, 1 de marzo, a las 10.00 de mañana devolvimos el coche en el establecimiento de Blanes, y en ese acto firmamos un documento de devolución, facilitado por una trabajadora de la empresa Flexicar.
Que el coche tiene 38.882 km en el momento de dejarlo en su concesionario. Este kilometraje queda constatado por las fotografías realizadas al coche en el momento de su recogida así como devolución.
Que hemos recibido la negativa por parte de la empresa a la devolución del importe del coche, cuando entendemos que la ley española nos ampara plenamente.