El pasado 22 de julio de 2021, nuestro cliente firmó un contrato de arrendamiento de vivienda con la inmobiliaria The Simple Rent como intermediaria propuesta por la propiedad. Se establecieron como gastos de gestión 500 euros que corresponderían pagar al arrendatario. Sin embargo, según el Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia vivienda y alquiler, establece que los gastos de gestión inmobiliaria deberán ser sufragados por la parte arrendadora siempre y cuando esta sea una persona jurídica, tal y como sucede en este caso particular. Así pues, queda nula e invalidada cualquier cláusula firmada por mi cliente por considerarse abusiva y fuera de la legalidad.El pasado 3 de agosto, nuestro cliente se puso en contacto vía e-mail con la empresa explicando la situación y con el propósito de llegar a un acuerdo amistoso que beneficiara a ambas partes. Sin embargo, desde The Simple Rent se declinó cualquier tipo de acuerdo.Es por ello, que antes de llevar el caso a una vía judicial solicitamos desde Consumo: la devolución del importe de 500 euros en concepto de gastos de gestión.