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A la atención del Departamento de Atención al Cliente/Departamento Legal
ASUNTO: Réplica a su escrito de fecha 10 de enero de 2026
FECHA: 12-01-2026
Por la presente, y en relación con su comunicación con fecha, expongo lo siguiente:
1. Disconformidad con los hechos expuestos
En su escrito, manifiestan que se me informó de manera adecuada y transparente sobre las condiciones del contrato, el precio total, el desglose de cuotas y, en particular, sobre el plazo legal de desistimiento de 14 días naturales y su pérdida por acceso al campus.
Sin embargo, niego de forma categórica haber recibido dicha información de manera clara, comprensible y en el momento previo a la contratación, tal y como exige la normativa de protección de los consumidores. En concreto:
No se me informó verbalmente, en la llamada en la que se formalizó la contratación, de que el método de pago implicaba la contratación de un préstamo o crédito al consumo con una entidad financiera (SeQura). Se me indicó únicamente ¨el único pago¨, sin explicar la naturaleza jurídica y los riesgos de esta operación de financiación vinculada.
No se me facilitó, con anterioridad a la contratación, el contrato ni las Condiciones Generales de la Contratación en un soporte duradero (como un PDF por correo electrónico) que me permitiera revisarlas con detenimiento fuera de la plataforma de pago.
No se me advirtió de manera expresa y clara de que, si accedía al campus virtual durante los 14 días siguientes a la contratación, perdería el derecho de desistimiento (derecho de arrepentimiento). Esta información es esencial y debe ser destacada, no estar soterrada en cláusulas contractuales.
Por todo ello, y de conformidad con lo dispuesto en la normativa de consumo, les solicito que me proporcionen, en un plazo de 10 días hábiles, la prueba fehaciente de que cumplieron con estas obligaciones de información. En particular, requiero:
a) La grabación íntegra de la llamada telefónica en la que se formalizó la contratación, donde debería constar la información completa.
b) El acuse de recibo o justificante de envío del correo electrónico en el que se me remitieron los documentos contractuales antes de que finalizara el proceso de contratación.
c) Una captura de pantalla o documento que acredite la pantalla exacta que yo visualicé y en la que se mostraba, de forma inequívoca y destacada, la advertencia sobre la pérdida del derecho de desistimiento por acceso al servicio.
2. Posible infracción de la normativa de protección de consumidores
Les recuerdo que el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU), establece en sus artículos 97 a 104 las condiciones para los contratos a distancia.
El artículo 97 exige que la información precontractual se facilite de forma "clara y comprensible".
El artículo 103 establece que el derecho de desistimiento puede perderse si el consumidor solicita la ejecución inmediata del servicio, pero solo si ha dado su consentimiento expreso y ha sido informado previamente de que perderá dicho derecho. La mera presunción de acceso no es suficiente si no existe prueba de esa información previa y del consentimiento explícito.
La falta de transparencia en la información sobre el crédito vinculado con SeQura también podría constituir una infracción, al no haberme informado adecuadamente sobre los riesgos y características de un producto de crédito.
3. Conclusión y requerimiento final
Considero que el contrato se celebró con graves deficiencias en la fase de información precontractual, lo que afecta a su validez y a mis derechos como consumidor.
En consecuencia, y ante la falta de conformidad del servicio contratado, mantengo mi solicitud de resolución del contrato, anulación de la deuda y reembolso total de las cantidades abonadas.
Si en el plazo de 10 días hábiles desde la recepción de esta carta no recibo una respuesta satisfactoria que incluya las pruebas solicitadas o la aceptación de mi solicitud, me veré obligado a:
Elevar una denuncia ante la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) y el organismo de consumo de mi Comunidad Autónoma, por posible infracción de la normativa de protección de consumidores.
Comunicar a la entidad financiera SeQura la existencia de este conflicto y la impugnación del contrato de financiación por vicios en el contrato subyacente.
Valorar la interposición de las acciones legales que correspondan, pudiendo reclamar no solo las cantidades abonadas, sino también los daños y perjuicios, así como los intereses de demora y costas judiciales.
Quedo a la espera de su respuesta por escrito a la dirección de correo electrónico que figura en este encabezamiento.
Atentamente,