En cumplimiento de lo escido en la normativa vigente, se informa de que INSURAMA BROKER ONLINE, S.L. con CIF B27764026, dirección C/ FERROL, 1. 5°, PTA 3, 15004, A Coruña, y con Clave inscripción NACIONAL J3570, dispone de un Departamento de Atención al cliente, a través del COLEGIO DE MEDIADORES DE SEGUROS DE A CORUa‘A.Si usted desea presentar una queja o reclamación tenga en cuenta que debe seguir estos pasos:1.- Diríjase a nuestras oficinas. Nuestro personal tratará de ayudarle a resolver su problema.2. Si no hemos satisfecho sus demandas, diríjase por escrito a nuestro Servicio de Atención al Cliente (Colegio de Mediadores de Seguros de A Coruña) En un plazo de UN MES a partir de la fecha de presentación deben atenderle y resolver sus quejas y reclamaciones.3.- En caso de disconformidad con el resultado del pronunciamiento de nuestro Servicio, o si transcurrido UN MES desde que usted ha presentado su queja o reclamación, no se ha resuelto su petición, debe dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.La presentación de las quejas y reclamaciones podrá efectuarse, en un plazo de diez días desde la recepción de este correo, personalmente o mediante representación, en soporte papel o por medios informáticos, electrónicos o telemáticos, siempre que estos permitan la lectura, impresión y conservación de los documentos.CONTENIDO NECESARIO DEL ESCRITO DE QUEJA O RECLAMACIÓN (Se adjunta formulario):a. Nombre, apellidos, domicilio y número del documento nacional de identidad del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente, debidamente acreditada.b. Motivo de la queja o reclamación, con especificación clara de las cuestiones sobre las que se solicita un pronunciamiento.c. Oficina, departamento o servicio donde se hubieran producido los hechos objeto de la queja o reclamación.d. Que el reclamante no tiene conocimiento de que la materia objeto de la queja o reclamación está siendo sustanciada a través de un procedimiento administrativo, arbitral o judicial.e. Lugar, fecha y firma.El reclamante deberá aportar, junto al escrito de queja o reclamación, las pruebas documentales que obren en su poder en que se fundamente su queja o reclamación El Servicio de Atención al Cliente acusará recibo con carácter inmediato y, si fuese preciso, recabará, todos los datos y documentos necesarios para estudiar la queja y/o reclamación. El plazo máximo para resolver será de un mes, a contar desde la fecha de presentación de la reclamación o queja.Saludos cordiales..