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Cargo abusivo y desproporcionado

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Lynk & Co Sales Spain S.L.

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J. C.

A: Lynk & Co Sales Spain S.L.

09/10/2024

A la atención de Lynk & Co Departamento de Atención al Cliente Estimados Sres., Me dirijo a ustedes en relación con el cargo de 949,80 EUR que me ha sido facturado tras la devolución del vehículo , correspondiente a mi membresía en su servicio de alquiler de vehículos por suscripción. Desde el primer momento he manifestado mi total desacuerdo con dicho cargo, y quisiera reiterar una vez más mi rechazo al mismo por considerarlo abusivo y desproporcionado. A lo largo de los casi dos años que he sido usuario de su servicio, he mantenido el coche en condiciones óptimas, limitando los desperfectos a rayones mínimos en las llantas, rayones casi imperceptibles en la parte baja delantera (que ocurrieron mientras el coche estaba estacionado, y no por mi conducción), así como pequeñas hendiduras causadas por una granizada. Estos daños, a mi juicio, no exceden lo que debería considerarse un uso normal del vehículo. La cantidad reclamada de cerca de 1000 EUR me parece sumamente excesiva, especialmente considerando que la reparación de estos desperfectos menores no superaría, en mi experiencia, los 200 EUR en cualquier taller de reparación estándar. Esta cifra, en mi opinión, representa un coste justo y razonable por el uso cotidiano del coche y los pequeños daños sufridos. Además, quisiera recordarles que, de conformidad con la Directiva 93/13/CEE del Consejo de la Unión Europea sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, las cláusulas que establezcan una desproporción entre los derechos y obligaciones de las partes pueden considerarse abusivas. En este caso, el cargo de 1000 EUR por daños menores resulta desproporcionado y abusivo, especialmente si no se ha facilitado información clara y transparente al respecto. Es importante señalar que ustedes me han notificado sobre el cargo extra por estos "daños" 22 días después de la devolución del vehículo, cuando se me ofreció la posibilidad de renovar el coche por uno más actualizado, lo cual inicialmente pensé que era una ventaja para mí como cliente. No obstante, ahora parece evidente que el verdadero objetivo de la renovación era retirar el vehículo para evitar su depreciación adicional y, de paso, cargarme una suma excesiva para repararlo. A pesar de ello, tan pronto como recibí dicha notificación, manifesté mi desacuerdo y procedí a presentar la reclamación correspondiente, dentro del plazo previsto por la ley. Este tipo de prácticas, que consisten en demorar la notificación de los daños y posteriormente aplicar cargos elevados, podrían ser consideradas como una limitación a mis derechos como consumidor. Asimismo, en virtud del Reglamento (UE) 2017/2394 sobre la cooperación entre las autoridades nacionales encargadas de la protección de los consumidores, es obligación de los proveedores garantizar prácticas comerciales justas y no imponer cargas excesivas o inesperadas sobre los consumidores. Es mi opinión que la falta de transparencia sobre los costes de reparación asociados a daños menores infringe estos principios. Solicito que reconsideren la facturación en cuestión y se ajusten a una compensación más acorde con los daños reales, ya que su actual reclamación no solo carece de proporcionalidad, sino que además no está en línea con la información inicial proporcionada en su servicio, donde no se especifican claramente los costes de daños menores. Me gustaría continuar siendo cliente de su empresa, pero solo bajo condiciones que sean justas y equitativas para ambas partes. Por tanto, sugiero que se reevalúe el cargo, reduciendo la cantidad total a una cifra más razonable, como los 200 EUR que considero un reflejo adecuado del coste real de reparación, en lugar de un cobro abusivo por el uso habitual del vehículo. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria por su parte, me veré obligado a tomar acciones adicionales para la defensa de mis derechos como consumidor, incluyendo la denuncia ante las autoridades competentes en virtud de la normativa europea citada, y la divulgación de este caso a través de diferentes medios de comunicación y plataformas de defensa del consumidor. Quedo a la espera de su respuesta a esta propuesta razonable y justa para ambas partes. Atentamente, ANEXO: Cargo referido y fotos de la autoinspección


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