AXA me está expulsando de la póliza del seguro de salud
Naturaleza del problema:
OtroTu reclamación
L. T.
A: AXA Seguros
Soy asegurado, junto con mi familia de Axa Salud (modalidad Optima plus), y para 2024 nos han subido la póliza un 40%, lo que supone un incremento del 102% en tres años. Estos incrementos mantenidos suponen una expulsión como asegurados de su póliza por no ser sostenibles en el tiempo. Al contratar el seguro, AXA mostró su compromiso de no expulsarnos, de forma directa o indirecta, de la póliza, ni por la edad ni por su utilización. No obstante los incrementos de los últimos años contravienen este compromiso.Por todo ello solicito la revisión del importe de la renovación de la póliza de salud para 2024, y el compromiso de que en años sucesivos los incrementos no superen baremos razonables (IPC y otros indicadores de revisión de prima) para no suponer una expulsion (indirecta) de los asegurados.
Mensajes (4)
AXA Seguros
A: L. T.
Apreciado Sr.Sra. TERRAZA,Nos ponemos en contacto con usted en relación a la comunicación escida con el Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones de AXA Segurosdónde nos hace partícipede su disconformidad en la actuación de la compañía relacionada con la póliza y /o siniestro:N° Póliza:91059418N° Siniestro: N° Referencia:3-9117183205 Fecha presentación: 31/10/2023 00:00:00A este respecto, le informamos del proceso de actuación de acuerdo con lo escido en la Orden ECO/734/2004 del 11 de marzo del Ministerio de Economía y Hacienda por la que se regulan los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente de las Entidades Financieras. Una vez recibida y admitida a trámite la reclamación, el Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones instruirá el correspondiente expediente recabando los datos, aclaraciones, informes o elementos de prueba que considere pertinentes y procederá a la revisión y estudio del asunto planteado, debiendo dictar resolución motivada en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción de la reclamación. Dicha resolución le será comunicada en tiempo y será de obligado cumplimiento para la Entidad reclamada. Una vez agotada la vía de reclamación ante este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones, ya sea por medio de Resolución expresa o por haber transcurrido el mencionado plazo de un mes, en caso de mantener su disconformidad, y con independencia de cualquier otra instancia a la que usted pueda dirigirse, podrá formular reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones que se encuentra ubicado en: Paseo de la Castellana, 44 28046 Madrid Telf. 902 19 11 11 Si necesita más información, estamos a su disposición en el Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones de AXA Seguros a través del e-mail centro.reclamaciones@axa.es Atentamente, María Dolores Aznar Trueba Responsable Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones Apreciado Sr.Sra. TERRAZA,Nos ponemos en contacto con usted en relación a la comunicación escida con el Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones de AXA Segurosdónde nos hace partícipede su disconformidad en la actuación de la compañía relacionada con la póliza y /o siniestro:N° Póliza:91059418N° Siniestro: N° Referencia:3-9117183205Fecha presentación: 31/10/2023 00:00:00A este respecto, le informamos del proceso de actuación de acuerdo con lo escido en la Orden ECO/734/2004 del 11 de marzo del Ministerio de Economía y Hacienda por la que se regulan los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente de las Entidades Financieras. Una vez recibida y admitida a trámite la reclamación, el Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones instruirá el correspondiente expediente recabando los datos, aclaraciones, informes o elementos de prueba que considere pertinentes y procederá a la revisión y estudio del asunto planteado, debiendo dictar resolución motivada en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción de la reclamación. Dicha resolución le será comunicada en tiempo y será de obligado cumplimiento para la Entidad reclamada. Una vez agotada la vía de reclamación ante este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones, ya sea por medio de Resolución expresa o por haber transcurrido el mencionado plazo de un mes, en caso de mantener su disconformidad, y con independencia de cualquier otra instancia a la que usted pueda dirigirse, podrá formular reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones que se encuentra ubicado en:Paseo de la Castellana, 4428046 MadridTelf. 902 19 11 11Si necesita más información, estamos a su disposición en el Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones de AXA Seguros a través del e-mail centro.reclamaciones@axa.esAtentamente,María Dolores Aznar TruebaResponsable Servicio de Atención de Quejas y ReclamacionesEste mensaje contiene informacion confidencial destinada para ser leida exclusivamente por el destinatario. Su contenido no constituyeun compromiso para AXA salvo ratificacion escrita por ambas partes.Queda prohibida la reproduccion, publicacion, divulgacion, total o parcial del mensaje asi como el uso no autorizados por el emisor.En caso de recibir el mensaje por error, se ruega su comunicacion al remitente lo antes posible.This message contains confidential information for the exclusive useof the recipient. Its contents do not constitute a commitment by AXAexcept where provided for in a signed agreement between both parties. Any unauthorised disclosure, use or dissemination, eitherwhole or partial, is prohibited. If you are not the intended recipient of the message, please notify the sender as soon aspossible.
AXA Seguros
A: L. T.
Distinguidos Srs., Nos referimos a la reclamación que nos tenía planteada a este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones, manifestando su disconformidad con el aumento de prima correspondiente a la anualidad 2024.Al reciob de su escrito de reclmación, este Servicio procedió a realizar las comprobacionescorrespondientes con el centro gestor pudiendo verificar que lacompañía les remitió el pasado 28/10/2023, la Carta de renovación a la dirección de email informada, a fin de informarle de las condiciones de renovación.De acuerdo con las Condiciones Generales y Particulares de la Póliza suscrita, en relación a la actualización anual de las primas, se esce que AXA podrá modificar anualmente las primas fundamentándose en los cálculos técnico-actuariales realizados.Asimismo, la Póliza esce que 'Además de los supuestos descritos en los párrafos anteriores, las primas a satisfacer por el Tomador también variarán en cada renovación según la nueva edad actuarial del asegurado en dicha fecha, de acuerdo con las tarifas en vigor de AXA Seguros Generales'.AXA SEGUROS ha incrementado la prima del recibo basándose en el principio escido en el Art 94.1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (LOSSEAR), en la que se esce que 'Las tarifas de primas deberán fundamentarse en bases técnicas y en información estadística elaborada de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley y en sus normas de desarrollo. Deberán ser suficientes, según hipótesis actuariales razonables, para permitir a la entidad aseguradora satisfacer el conjunto de las obligaciones derivadas de los contratos de seguro y, en particular, constituir las provisiones técnicas adecuadas'.Todo ello ha obligado a AXA SEGUROS a efectuar, una subida de las tarifas acorde con las necesidades expresadas tal y como le informaron a través de la carta de renovación que le trasladaron a su domicilio en plazo. Finalmente le informamos de que en caso de no estar de acuerdo con nuestra decisión y con independencia de cualquier otra instancia a la que pueda dirigirse, de acuerdo con la Orden ECO/734/2004 del Ministerio de Economía, puede formular reclamación ante el SERVICIO DE RECLAMACIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES, que se encuentra situado en: Calle Paseo de la Castellana, 44 28046 Madrid Tf. 952 24 99 82. A estos efectos le comunicamos que puede obtener el modelo de formulario de reclamación que está disponible en la Web Pública de la DGSFP :www.dgsfp.mineco.es/es/Consumidor/Reclamaciones/Paginas/InformacionProcedimiento.aspxAtentamente, Sandra Guilera Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones [THREAD ID:3-46RKPNQ] ión: AXA me está expulsando de lapóliza del seguro de salud - (CPTES01907646-44) Este mensaje contiene informacion confidencial destinada para ser leida exclusivamente por el destinatario. Su contenido no constituyeun compromiso para AXA salvo ratificacion escrita por ambas partes.Queda prohibida la reproduccion, publicacion, divulgacion, total o parcial del mensaje asi como el uso no autorizados por el emisor.En caso de recibir el mensaje por error, se ruega su comunicacion al remitente lo antes posible.This message contains confidential information for the exclusive useof the recipient. Its contents do not constitute a commitment by AXAexcept where provided for in a signed agreement between both parties. Any unauthorised disclosure, use or dissemination, eitherwhole or partial, is prohibited. If you are not the intended recipient of the message, please notify the sender as soon aspossible.
AXA Seguros
A: L. T.
Apreciado Sr.Sra. TERRAZA,Nos ponemos en contacto con usted en relación a la comunicación escida con el Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones de AXA Segurosdónde nos hace partícipede su disconformidad en la actuación de la compañía relacionada con la póliza y /o siniestro:N° Póliza:91059418N° Siniestro: N° Referencia:3-9269458244Fecha presentación: 11/04/2024 00:00:00A este respecto, le informamos del proceso de actuación de acuerdo con lo escido en la Orden ECO/734/2004 del 11 de marzo del Ministerio de Economía y Hacienda por la que se regulan los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente de las Entidades Financieras. Una vez recibida y admitida a trámite la reclamación, el Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones instruirá el correspondiente expediente recabando los datos, aclaraciones, informes o elementos de prueba que considere pertinentes y procederá a la revisión y estudio del asunto planteado, debiendo dictar resolución motivada en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción de la reclamación. Dicha resolución le será comunicada en tiempo y será de obligado cumplimiento para la Entidad reclamada. Una vez agotada la vía de reclamación ante este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones, ya sea por medio de Resolución expresa o por haber transcurrido el mencionado plazo de un mes, en caso de mantener su disconformidad, y con independencia de cualquier otra instancia a la que usted pueda dirigirse, podrá formular reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones que se encuentra ubicado en:Paseo de la Castellana, 4428046 MadridTelf. 902 19 11 11Si necesita más información, estamos a su disposición en el Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones de AXA Seguros a través del e-mail centro.reclamaciones@axa.esAtentamente,María Dolores Aznar TruebaResponsable Servicio de Atención de Quejas y ReclamacionesEste mensaje contiene informacion confidencial destinada para ser leida exclusivamente por el destinatario. Su contenido no constituyeun compromiso para AXA salvo ratificacion escrita por ambas partes.Queda prohibida la reproduccion, publicacion, divulgacion, total o parcial del mensaje asi como el uso no autorizados por el emisor.En caso de recibir el mensaje por error, se ruega su comunicacion al remitente lo antes posible.This message contains confidential information for the exclusive useof the recipient. Its contents do not constitute a commitment by AXAexcept where provided for in a signed agreement between both parties. Any unauthorised disclosure, use or dissemination, eitherwhole or partial, is prohibited. If you are not the intended recipient of the message, please notify the sender as soon aspossible.
AXA Seguros
A: L. T.
Apreciados Sres.,Nos referimos a la reclamación efectuada ante este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones a través de la cual nos ponía de manifiestola disconformidad del Sr.Sra. TERRAZA con la Compañía a consecuencia de la prima aplicada en la renovación de la póliza de referencia, procediendo mediante el presente escrito a dar respuesta a la misma.La póliza en sus Condiciones Generales recoge en su apartado 3.5 Disposiciones Generales - ACTUALIZACION ANUAL DE PRIMAS 'AXA Seguros Generales podrá modificar anualmente las primas fundamentándose en los cálculos técnico-actuariales realizados.La actualización de la prima incorporará los ajustes necesarios para garantizar que la tarifa de prima sea suficiente, según hipótesis actuariales razonables, basadas en las modificaciones de los costes asistenciales de los servicios cubiertos por cada póliza, en las innovaciones tecnológicas que sea necesario incorporar a las mismas y el índice de siniestralidad, permitiendo a AXA Seguros Generales satisfacer el conjunto de las obligaciones derivadas de los contratos de seguro de Salud y, en particular, constituir las provisiones técnicas adecuadas, de acuerdo con lo dispuesto en el régimen jurídico de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.Además de los supuestos descritos en los párrafos anteriores, las primas a satisfacer por el Tomador también variarán en cada renovación según la nueva edad actuarial del asegurado en dicha fecha, de acuerdo con las tarifas en vigor de AXA Seguros Generales.El Tomador del seguro da su conformidad a las variaciones de prima que se produzcan por los motivos indicados en el presente Artículo. REVALORIZACION AUTOMATICA 'Los capitales y límites para reembolso de gastos afectados por esta póliza quedarán modificados automáticamente en cada vencimiento anual, según un porcentaje fijado en las Condiciones Particulares de la Póliza, el cual se aplicará sobre el capital o límite, salvo pacto en contrario, alcanzado en la anualidad anterior. Desglose de prima por asegurado:ene-24PQ 91057587Póliza (asegurado) 91059418Póliza (asegurado) 91059419Póliza (asegurado) 91059420Póliza (asegurado) 91059421Póliza (asegurado) 91059422Póliza (asegurado) 91059423Edad585326242316Siniestralidad del periodo172,75%214,48%198,67%63,47%22,98%412,28%25,31%SP htca201,51%223,34%198,46%93,94%238,74%259,26%158,45%Scoring12Incr. ppto. Actuariado39,98%40,00%40,00%40,00%40,00%40,00%39,83%Bonus Malus0,00%0,00%0,00%0,00%0,00%0,00%0,00%Incr. Tco.39,98%40,00%40,00%40,00%40,00%40,00%39,83%Incr. act.precios +mejoras4,86%4,86%4,86%4,86%4,86%4,86%4,86%Recargo Edad3,00%3,00%3,00%3,00%3,00%3,00%3,00%Recargo Insuficiencia primas29,60%29,62%29,62%29,62%29,62%29,62%29,47%Dto Fidelización0,00%0,00%0,00%0,00%0,00%0,00%0,00%Incremento final39,98%40,00%40,00%40,00%40,00%40,00%39,83%Definición de incrementos:Incr. act.precios +mejoras = incremento. por actualización de precios, por mejoras tecnológicas y nuevas coberturasRecargo Edad = incremento por envejecimiento del riesgo.Recargo Insuficiencia primas = incremento con objeto a reconducir segmentos de cartera en riesgo de insuficiencia de primaDto Fidelización = descuento para fidelizarPara obtener el incremento, estos 4 porcentajes no se suman, siendo factores que se multiplican: ((1+ Incr. act.precios +mejoras)*(1+Recargo edad)*(1+ Recargo Insuficiencia primas)*(1+ Dto Fidelización))-1, siendo, por ejemplo, el detalle incrementos a nivel de PQ ((1+0,0486)*(1+0,03)*(1+0,296)*(1+0,00))-1 = 40,00%.Por lo anteriormente expuesto, no procede atender la reclamación que nos tienen planteada, lo que les comunicamos a los efectos oportunos, a través de la presente, al considerar que la actuación ha sido correcta dado que la nueva prima le ha sido comunicada con la antelación escida en el artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro.Finalmente le informamos de que en caso de no estar de acuerdo con nuestra decisión y con independencia de cualquier otra instancia a la que pueda dirigirse, de acuerdo con la Orden ECO/734/2004 del Ministerio de Economía, puede formular reclamación ante el SERVICIO DE RECLAMACIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES, que se encuentra situado en: Calle Paseo de la Castellana, 44 28046 Madrid Tf. 952 24 99 82. A estos efectos le comunicamos que puede obtener el modelo de formulario de reclamación que está disponible en la Web Pública de la DGSFP :www.dgsfp.mineco.es/es/Consumidor/Reclamaciones/Paginas/InformacionProcedimiento.aspxAtentamente,MARIA ISABEL MORENO PEREZServicio de Atención de Quejas y Reclamaciones[THREAD ID:3-4996POJ] ión: AXA me está expulsando de lapóliza del seguro de salud - (CPTES01907646-44) Este mensaje contiene informacion confidencial destinada para ser leida exclusivamente por el destinatario. Su contenido no constituyeun compromiso para AXA salvo ratificacion escrita por ambas partes.Queda prohibida la reproduccion, publicacion, divulgacion, total o parcial del mensaje asi como el uso no autorizados por el emisor.En caso de recibir el mensaje por error, se ruega su comunicacion al remitente lo antes posible.This message contains confidential information for the exclusive useof the recipient. 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