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Anulación de la hora de salida contratada sin notificación y gran retraso en la nueva salida

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Naturaleza del problema:

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Tu reclamación

V. G.

A: BALEARIA

28/09/2023

Hola,El día 12/05/2023 realicé a través de su página web (Balearia) una reserva para mi y para mi motocicleta para viajar ida y vuelta desde Algeciras a Tánger Med. La fecha de salida era para el 02/09/2023 a las 19:00 horas, y la fecha de regreso era para el 22/09/2023 a las 14:00 horas.El día 22/09/2023 cuando acudí a las 12:00 a sus instalaciones en Tánger Med para realizar el Check-In, la persona que estaba en la oficina me comenta que no hay un barco que salga a las 14:00, que hay uno que sale a las 16:00 horas. Le comenté y le enseñé que en mi reserva figuraba que había un barco que salía a las 14:00 horas y que nadie de la empresa Balearia se había puesto en contacto conmigo para notificarme la cancelación o el retraso del barco confirmado para esa hora. Me dijo que esa era la información que tenía, y que me podría dar la tarjeta de embarque para el barco que salía a las 16:00 horas. A lo que accedí, yme dio las tarjetas de embarque.No hubo barco a las 16:00 horas ni tampoco a las 18:00. Embarcamos en el barco de nombre Nápoles sobre las 20:00 horas y el barco zarpó sobre 20:45.Había comprado el pasaje de la naviera Balearia por que creía que era una empresa seria que cumplía con los horarios a los que se comprometía. Pero no solo no cumplió con los horarios, si no, que tampoco me informó como cliente de la cancelación del horario del barco comprometido ni de los grandes retrasos que iba a tener, no tuve durante todo ese tiempo ninguna información por parte de la naviera.Todos estos retrasos me ocasionaron grandes problemas, ya que complicó toda la panificación y logística que tenía para retornar a mi casa.Solicito que me sea devuelto el valor del pasaje y ser indemnizado por la cantidad que corresponda, por la cancelación del horario asignado, el gran retraso sufrido, los trastornos ocasionados y por la total falta de información y atención por parte de la compañía naviera Balearia.Un saludo.

Mensajes (2)

BALEARIA

A: V. G.

03/10/2023

- Por favor, escriba su respuesta por encima de esta línea - Atención al cliente (Baleària) 3 oct 2023, 9:30 CEST Buenos días,Les dirigimos la presente en respuesta a su reclamación CPTES01885613-30, la cual agradecemos hagan llegar al interesado/a.Reciban un cordial saludo.Gracias por confiar en Baleària,Neus JuanTu Equipo de Atención al Cliente [G92X13-W35X9]

V. G.

A: BALEARIA

03/10/2023

Buenas tardes,Gracias por contestar a mi reclamación.El Reglamento (UE) nº 1177/2010 sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables, establece una serie de derechos mínimos de los pasajeros.Derecho a la informaciónTodos los pasajeros que viajen por mar y por vías navegables tiene derecho a información adecuada durante todo su viaje. Este derecho incluye el derecho a ser informado acerca de los derechos de los pasajeros y los datos necesarios para entrar en contacto con los organismos nacionales de ejecución y las condiciones de acceso al transporte aplicables a las personas con discapacidad o las personas con movilidad reducida.En caso de cancelación o retraso, los pasajeros tienen derecho a ser informados del retraso o de la cancelación por el transportista o el operador de terminal a más tardar 30 minutos después de la hora de salida prevista y de la hora estimada de salida y de llegada, tan pronto como se disponga de esta información.Este punto no se cumplió, en todo el tiempo que estuve en las oficinas de Balearia y durante todo el tiempo que estuve en el puerto esperando al barco, ninguna persona de Balearia me informó del retraso ni de mis derechos. Todo el personal de Balearia al que me dirigí no tenía ninguna información ni sabía como me tenía que informar.Derecho a asistenciaEn caso de demora de más de 90 minutos o de cancelación de un servicio de pasaje o crucero, cuando sea razonablemente posible, se ofrecerán a los pasajeros aperitivos, comida o refrescos gratuitos en función del tiempo que sea necesario esperar.Cuando el transportista demuestre que la cancelación o el retraso se deben acondiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación, estará exento de la obligación de ofrecer alojamiento de forma gratuita.No tendrán derecho a la asistencia del transportista los pasajeros que hayan sido informados de la cancelación o del retraso antes de efectuar la compra del billete o cuando la cancelación o el retraso se deban a causas imputables al pasajero.Respecto a este punto, nadie me ofreció en ningún momento aperitivos, comida o refrescos gratuitos. Durante la espera que tuve de más de seis horas la comida y los refrescos los tuve que pagar yo.Han comentado en su contestación que las causas del retraso fueron operativas.Derecho a transporte alternativo y reembolso en caso de cancelación o retraso de salidasEn caso de retraso de más de 90 minutos con respecto a su hora de salida programada o de cancelación de un servicio de pasajeros, estos tendrán derecho a elegir entre:la conducción hasta el destino final, en condiciones comparables, en la primera ocasión que se presente y sin coste adicional, oel reembolso del precio del billete y, si procede, un servicio de vuelta gratuita al primer punto de partida, con arreglo al contrato de transporte, en la primera ocasión que se presente.Respecto a este punto ustedes no me han comentado nada en su escrito, y tengo derecho al reembolso del precio del billete.Derecho a solicitar una indemnización parcial por el precio del billete en caso de retraso en la llegada al destino finalLos pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a:dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatrohorascuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas,pero igual o inferior a ocho horasseis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas,pero igual o inferior a 24 horas, odoce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas.Respecto a este punto, es el único al que ustedes han hecho referencia en su contestación, omitiendo los otros puntos del Reglamento a los que tengo derecho.Espero que después de leer mi contestación cumplan con el Reglamento (UE) nº 1177/2010 y reconozcan los derechos que me asisten.Enlace al Reglamento (UE) nº 1177/2010https://www.mitma.gob.es/marina-mercante/derechos-de-los-pasajeros/derechos-generalesde-los-pasajeros-que-viajan-por-mar-y-por-vias-navegablesUn saludo.


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