Soy propietaria de un vehículo Opel Astra ST 1.6 CDTI 110cv, matriculado el 12/12/2018, con 116.000 km en el momento de la avería (20 de marzo de 2026), que sufrió una rotura de la cadena de distribución, una avería grave que dejó el vehículo inmovilizado.
La reparación del vehículo ascendió a 1.827,39 €, importe que aboné íntegramente y que se acredita mediante la factura que se adjunta.
Según informe del taller reparador (incluido en la factura), la causa de la avería fue una rotura de cadena de bomba de aceite provocada por la ausencia o fallo de una junta interna del motor, provocando una falta de presión de aceite y teniendo que montar un kit de distribución completo y accesorios necesarios.
Dicha junta no es una pieza de mantenimiento ni de sustitución periódica, ni depende del uso o conducción del vehículo.
Según la Ficha Técnica, el vehículo monta motor tipo B16DTH , que lleva de serie una cadena de 7 mm con defecto de diseño reconocido. Estos motores salieron con una cadena demasiado débil para el par del motor hasta 2019 y mi coche fue fabricado a mediados de 2018.
Opel sabe que existía este problema y por eso en 2019 cambió al kit con cadena de 8mm y tensor modificado (ref: 95528630) para corregir el error.
El art.116 de la Ley General para la Defensa de Consumidores dice que el producto debe ser conforme durante un plazo razonable,. Una cadena de distribución tiene una vida útil de 250000 km, si rompe con 116000 km sin falta de mantenimiento, se considera un vicio oculto o falta de conformidad.
Por ello, la rotura producida a los 116.000 km constituye una avería grave, prematura e impropia de un uso normal, compatible con un defecto de fabricación o diseño.
El art. 149 de la Ley General para la Defensa de Consumidores dice que el productor responde de los daños por defectos de sus productos.
Este defecto es endémico y está documentado en foros especializados (foro Opel Astra Club, grupos de Facebook de “afectados Opel 1.6 CDTI Cadena Distribución”) y peticiones de “Change.org”.
He presentado reclamación previa ante el servicio de Atención al Cliente de Opel España, la cual ha sido rechazada alegando únicamente la antigüedad del vehículo, sin entrar a valorar el origen técnico de la avería ni el carácter no mantenible de la pieza afectada.
SOLICITO
Que, tras valorar la documentación aportada que demuestra que se trata de un fallo de fábrica (fallo de la cadena del B16DTH reconocido como defecto de diseño), conforme al Código Civil y normativa de protección al consumidor ( arts. 1484-1490 del Código Civil ), se requiera a OPEL ESPAÑA, S.L. para que proceda a la asunción total o parcial del coste de la reparación, por importe de 1.827,39 €, al tratarse de una avería grave y prematura originada por un defecto interno no imputable al uso del consumidor, y se alcance una solución amistosa o acuerdo compensatorio.