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Reclamación por retención indebida de fianza

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Contrato

Tu reclamación

E. G.

A: BIDE-RENT

09/01/2026

En fecha 01/01/2025, suscribí un contrato de arrendamiento de habitación con la empresa arriba indicada, entregando una fianza por importe de 580 euros, conforme a lo estipulado en el contrato. En el momento del check-out, la empresa se negó a devolverme la fianza, alegando un supuesto “incumplimiento de contrato”, basándose en un informe interno “desfavorable” por las siguientes razones: -Falta de ropa de cama. -Estado de limpieza supuestamente inadecuado. -Presencia de ropa ajena en la habitación. Dichas afirmaciones no se corresponden con la realidad, por los motivos que expongo a continuación: - La habitación no me fue entregada inicialmente con ropa de cama, hecho que no dejé reflejado en el momento de la entrada por desconocimiento, pero que no puede imputarse a posteriori como responsabilidad mía. - La habitación fue devuelta en el mismo estado de limpieza en que fue entregada, sin que existan pruebas objetivas (acta, fotografías comparativas o inventario firmado) que acrediten lo contrario. - En ningún caso el valor de una supuesta ropa de cama puede justificar la retención total de una fianza de 580 euros, lo que resulta desproporcionado, abusivo y contrario a la normativa de consumo. El contrato no recoge en ninguna cláusula que una valoración subjetiva o un informe unilateral de la empresa habilite la retención total de la fianza, ni define qué se entiende por “incumplimiento de contrato” en relación con la misma. La empresa no ha aportado factura, presupuesto ni justificación económica alguna que respalde el importe retenido, incumpliendo su obligación de motivar la pérdida total o parcial de la fianza. En fecha 02/01/2026, solicité formalmente: La devolución íntegra de la fianza o, en su defecto, la justificación documentada de cualquier deducción. La entrega de la hoja oficial de reclamaciones. Hasta la fecha, no he recibido solución ni respuesta satisfactoria. SOLICITO: La devolución íntegra de la fianza por importe de 580 euros, al no existir causa legal ni contractual que justifique su retención. Que se valore la existencia de cláusulas abusivas y prácticas contrarias a la normativa de protección al consumidor. La mediación de Consumo para la resolución del conflicto y, en su caso, la apertura del correspondiente expediente sancionador. Si es necesario adjuntar pruebas correspondientes lo haré.

Mensajes (1)

BIDE-RENT

A: E. G.

13/01/2026

Hola buenas tardes: Desde la empresa gestora de arrendamiento de habitaciones en Bilbao y en respuesta a la reclamación que nos llega desde su plataforma, queremos pronunciarnos con la más absoluta claridad y transparencia al respecto. Para ello he de comunicarles que cualquiera de nuestras estancias, habitaciones de cualquiera de nuestros pisos se ofrecen, se muestran y se entregan tal y como absolutamente todos los inquilinos y ocupantes de las mismas las reciben, es decir, equipadas, limpias, con la ropa de cama que se menciona y adecuada a la cama existente en la habitación de turno. Tal es así que nuestros clientes tras ver el anuncio y posterior visita a la misma certifican que es correcto y por ello alquilan. Centrándonos en el caso que nos ocupa, en la reclamación que la Srta. Emma García os expone y describe con tanto disgusto como nosotros decepción y sorpresa en el mismo momento que se realiza el check out en la habitación y delante de la Srta. Emma, que por parte del operario que se desplaza a verificar el estado de la habitación y gestionar la recogida de llaves, se encuentra algo inaudito que se lo comunica a la vez que ambos lo ven, y es lo siguiente: - Habitación sucia. - Ropa de cama ofrecida con la habitación inexistente. - Ropa de cama ajena a la empresa y de diferentes medidas a la cama de la habitación. Estas incidencias son más que suficientes causas de peso para la no devolución de la fianza a la Srta. Emma García porque incumple las obligaciones que dice el contrato de arrendamiento temporal que firma y es devolver en buen estado la habitación. Absolutamente ningún inquilino aceptaría una habitación en las condiciones que se entregó esa habitación, ni siquiera la misma Srta. Emma García de la cual no lo esperábamos. Los inquilinos firman un contrato en el cual lo pone bien claro que deben entregar la habitación tal y como la reciben, limpia, sin roturas, con el inventario expuesto en el, y en este caso, no se cumplió, y por consecuencia el incumplimiento de la misma repercute el la pérdida total y absoluta de la fianza por daños y perjuicios además del propio incumplimiento. Como bien se le expone, delante de ella se realizó el check out y así lo firmo la inquilina Srta. Emma Garcia. Un saludo Sent with Hostinger Mail El Fri, Jan 9, 2026 a las 4:45 PM, reclamar@ocu.org escribió:


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