Fecha: 26/10/2024
Organización de Consumidores y Usuarios (OCU)
Estimados/as señores/as:
Por la presente, me dirijo a ustedes en mi calidad de consumidor, con el fin de presentar una reclamación formal contra el establecimiento de venta GAME ubicado en el Centro Comercial Gran Vía de Hortaleza S/N. Este establecimiento ha denegado, hoy, la cobertura de garantía en mi consola PlayStation 5, alegando que, por tratarse de un “juguete,” el período de garantía es únicamente de un año. Segun su declaración ellos asumen única y exclusivamente su resposnabilidad como garante 2 años mas, si acaso la consola estuviera asegurada por un seguro que ellos mismos venden en su tienda.
Segun ellos, en mi caso, al pasar un año me derivan a Sony para poner mi reclamación cuando el establecimiento que me la ha vendido es GAME quien aqui es el responsable de responder por este producto vendido en los 3 primeros años de uso.
Como bien sabrán, estos argumentos contravienen tanto la normativa española como la europea de protección al consumidor, que desde 2022 estipulan una garantía mínima de tres años.
Detalles de la Compra
• Producto: Consola PlayStation 5
• Fecha de compra: 7 de septiembre de 2023
• Establecimiento que deniega la garantía: GAME, Centro Comercial Gran Vía de Hortaleza S/N, Madrid
Adjunto aqui los fundamentos legales en los que me amparo:
La negativa de esta tienda a cumplir con la garantía obligatoria de tres años va en contra de las leyes de protección al consumidor en España, que amparan mi derecho a recibir un producto en condiciones óptimas durante ese período mínimo. Específicamente, hago referencia a las siguientes normativas:
1. Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (modificada por la Ley 7/2021, de 27 de abril): Esta modificación establece, en su artículo 120, un plazo mínimo de garantía legal de tres años desde la fecha de entrega para todos los bienes de consumo. La ley no distingue entre dispositivos electrónicos y juguetes en este sentido. La consola PlayStation 5 es claramente un dispositivo electrónico avanzado, por lo que no puede ser clasificada como un simple juguete y debe beneficiarse de la garantía legal de tres años.
2. Directiva (UE) 2019/771 sobre ciertos aspectos de los contratos de compraventa de bienes: Esta directiva europea también respalda el período mínimo de garantía de tres años en toda la Unión Europea, y asegura el derecho de los consumidores a la reparación o sustitución sin coste alguno dentro de ese período.
Casos Resueltos a Favor del Consumidor
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha informado anteriormente sobre casos similares en los que se han defendido los derechos de los consumidores, reafirmando que una consola de videojuegos como la PS5 es un dispositivo electrónico y no un simple juguete. La PS5 está diseñada para ejecutar software avanzado y aplicaciones multimedia, por lo que está claramente dentro de la categoría de dispositivos electrónicos de entretenimiento, y su garantía debe cumplir el plazo legal de tres años.
Petición:
Dado que la tienda GAME en el Centro Comercial Gran Vía de Hortaleza ha incumplido sus obligaciones legales de garantía, solicito a la OCU su intervención para:
1. Requerir a GAME que cumpla con el período de garantía de tres años aplicable a este tipo de productos.
2. Asegurar el derecho del consumidor a recibir reparación o sustitución del producto sin coste alguno, como establece la normativa vigente.
3. Solicitar una rectificación formal de las políticas erróneas de la tienda para evitar futuras afectaciones a otros consumidores.
Espero contar con su apoyo para que se respete mi derecho como consumidor conforme a la legislación actual. Adjunto copia de la factura de compra.
Agradezco de antemano su atención y quedo a la espera de una pronta respuesta.
El uso que se ha hecho ha sido absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto.
Solicito que procedan a la reparación del producto o sustitución del producto, en el plazo más breve posible.
Sin otro particular, atentamente.