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PROBLEMAS PARA LA DEVOLUCIÓN DEL IMPORTE/SUSTITUCIÓN LAVADORA EN GARANTÍA

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Reparación

Tu reclamación

M. M.

A: CECOTEC

05/06/2026

1. Con fecha de 24 de diciembre de 2024, adquirí una lavadora de la marca Cecotec, la cual se encuentra actualmente dentro del periodo de garantía legal obligatoria. 2. Tras presentar el aparato fallos reiterados en su funcionamiento, contacté con el servicio de atención al cliente de Cecotec para tramitar la garantía. La empresa delegó la asistencia física en su Servicio de Asistencia Técnico (SAT) oficial en mi provincia, la empresa STEI Electrónica. 3. El técnico de la empresa subcontratada ha acudido a mi domicilio en varias ocasiones para intentar solucionar el problema. En las visitas realizadas, el operario se marchó de la vivienda sin emitir ni entregarme ninguna copia del parte de trabajo, hoja de visita o informe técnico con el diagnóstico de la avería. 4. Con posterioridad a las visitas, he solicitado de manera reiterada dichos informes técnicos a ambas empresas con el fin de disponer del historial de reparaciones. Cecotec no ha aportado respuesta alguna a mis correos y la empresa STEI Electrónica se niega explícitamente a facilitarme el documento, alegando que es una gestión que le corresponde exclusivamente a Cecotec. 5. A pesar de las múltiples intervenciones técnicas realizadas, los defectos de la lavadora persisten y el electrodoméstico sigue sin funcionar correctamente. Ante el fracaso de las reparaciones, he solicitado a Cecotec la sustitución del aparato por uno nuevo o la devolución del importe de compra, opción a la que la empresa se niega de forma rotunda. 6. Considero que ambas empresas vulneran gravemente mis derechos recogidos en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. El artículo 118 y siguientes establecen que si un producto en garantía sigue fallando tras ser reparado, el consumidor tiene derecho a exigir la sustitución del bien o la devolución del dinero (resolución del contrato) al considerarse un "inconveniente mayor". Asimismo, el artículo 4.2 del Real Decreto 58/1988 obliga directamente al taller (STEI Electrónica) a entregar la hoja de visita al usuario. La denegación de estos informes busca claramente ocultar el historial de reparaciones fallidas para eludir su responsabilidad legal. ─── PETICIÓN / SOLICITUD: Por todo lo expuesto, solicito la mediación de esta Oficina de Consumo para que: 1. Se obligue a CECOTEC INNOVACIONES S.L. a cumplir con la garantía legal del producto ante una reparación ineficaz, procediendo de inmediato a la sustitución de la lavadora por un modelo nuevo de idénticas características o, en su defecto, a la devolución íntegra del importe de compra mediante la resolución del contrato de venta. 2. Se requiera de forma cautelar a CECOTEC INNOVACIONES S.L. y a STEI ELECTRÓNICA la aportación obligatoria a este expediente de todos los partes de trabajo e informes técnicos de las visitas realizadas a mi domicilio, como prueba del historial de averías acumuladas y no resueltas.


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