• Nombre y Apellidos: María Cristina Herrera Marina
• DNI/NIE:71308554K
• Domicilio: C/ la torre 18 bajo, cogollos
• Teléfono: 623105619
MOTIVO DE LA DENUNCIA: Presunto delito de falsedad documental, apropiación indebida.
HECHOS:
1. LA COMPRA: El pasado 26 de enero de 2026, realicé la compra de una secadora Bolero Dresscode Dry 9330 Steel (Ref A01_EU01_111258) en la web oficial de Cecotec, bajo el número de pedido 207510108727750.
2. EL TRANSPORTE: La empresa encargada del reparto fue METHOD LOGISTIC 2. Tras 18 días de retraso sobre el plazo pactado y múltiples intentos de contacto por mi parte para gestionar la entrega, tanto a la empresa Cecotec, que decía no poder contactar con su empresa de reparto, como a los teléfonos encontrados en internet de la supuesta empresa repartidora METHOD LOGISTIC 2, sin obtener respuesta ni solución, el pedido fue marcado como "entregado".
3. FALSEDAD EN DOCUMENTO: La empresa METHOD LOGISTIC ha facilitado un albarán de entrega en el que figura una firma y un número de DNI que no son los míos. Niego categóricamente haber firmado dicho documento o haber autorizado a un tercero para recibir la mercancía.
4. ERROR DE UBICACIÓN Y COACCIÓN: La empresa aporta fotos de geolocalización que no corresponden a mi domicilio, si parecen ser próximos pero no concretamente mi domicilio.
A pesar de habérselo comunicado, la empresa de mensajería mantiene una actitud de coacción, indicando que procederán a cerrar la reclamación y sugiriendo que denunciarán a mis vecinos, eludiendo su responsabilidad de entrega fehaciente.
5. DAÑO EMERGENTE: Debido a la falta del electrodoméstico (bien de primera necesidad para mi hogar) y la falta de soluciones, tuve que desplazarme a otra localidad el día 7 de Febrero para comprar una unidad semejante o igual debido a que en mi localidad solamente había de otro color y especificaciones , de la cual poseo factura de compra.
POR TODO ELLO, SOLICITO:
Que se investigue a la empresa METHOD LOGISTIC y, específicamente, al repartidor/a asignado a dicha ruta, por la posible falsificación de mi firma y DNI en un documento mercantil, así como por el paradero de la mercancía que nunca llegó a mis manos.
Procedan al reembolso inmediato del doble de lo abonado según el Art. 110 de la LGDCU por retraso injustificado