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No quieren sustituir un patinete defectuoso que provocó un accidente

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Garantía

Tu reclamación

O. M.

A: CECOTEC

08/07/2025

Oscar Molina Cortés Avinguda Astruc Ravaya n32 41533369s 622765664 molinacortesoscar@gmail.com A la atención del Departamento de Reclamaciones Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) [08/07/2025] Asunto: Reclamación formal por negativa a reparar patinete eléctrico en garantía (CECOTEC) Estimados/as señores/as: Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal contra la empresa CECOTEC Innovaciones S.L., con CIF B-98376120, en relación con un patinete eléctrico adquirido el 20 de junio de 2024, el cual ha dejado de funcionar como consecuencia de un defecto de fabricación y cuya reparación ha sido injustificadamente denegada por el servicio técnico de la citada empresa. Hechos El día 20/06/2024, adquirí un patinete eléctrico marca CECOTEC, modelo Bongo Serie Y65 , a través de la web de cecotec. El día 10/06/2025, mientras utilizaba el producto, una pieza del manillar se rompió repentinamente, provocando un accidente, afortunadamente sin consecuencias graves para mi salud. Tras el accidente, el motor del patinete dejó de funcionar por completo, resultando el vehículo inutilizable. Me puse en contacto con el servicio técnico de CECOTEC para tramitar la reparación o sustitución del producto, conforme a mis derechos como consumidor durante el período de garantía legal. Sin embargo, CECOTEC se niega a aceptar la reparación, alegando causas que considero injustificadas, a pesar de tratarse de un defecto que afecta directamente a la seguridad y funcionalidad del producto. Fundamento legal Según el Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, y conforme al Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU), los bienes de consumo duradero cuentan con una garantía legal mínima de tres años desde la fecha de entrega. La legislación establece además que el vendedor es responsable de cualquier falta de conformidad que se manifieste dentro de dicho plazo, y que el consumidor tiene derecho a la reparación, sustitución, rebaja del precio o resolución del contrato, siendo la reparación la primera opción si es viable. En este caso, la rotura de una pieza del manillar compromete la seguridad del vehículo y constituye claramente una falta de conformidad por defecto de fabricación. Por tanto, la negativa de CECOTEC a reparar el producto vulnera mis derechos como consumidor. Solicito Por lo expuesto, solicito a la OCU: Que tome nota de esta reclamación. Que interceda ante CECOTEC para que cumpla con sus obligaciones legales y proceda a la reparación del patinete sin coste alguno, o en su defecto, a su sustitución por uno nuevo o al reembolso íntegro del precio pagado. Adjunto copia de la factura de compra Agradezco de antemano su atención y colaboración, y quedo a disposición para aportar cualquier información adicional necesaria. Atentamente, Oscar Molina Cortés


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