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Ni resuelven, ni contestan

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Administración de Fincas Silvia Medina Castro

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S. A.

A: Administración de Fincas Silvia Medina Castro

23/03/2023

Llevo desde el 27 de Enero solicitando al Administrador de Fincas Silvia Medina Castro que vuelvan a poner la verja de la cocina y el baño tras la finalización de las obras en el edificio. No saben cuando se va a colocar, no saben cuando me va a llamar el arquitecto, no saben donde está la llave de acceso al patio. Tampoco me pasan el teléfono del arquitecto para que yo misma haga la gestión. Necesito colocar la verja por seguridad en la vivienda y llevo 2 meses esperando y no se todavía si se va a poner.

Mensajes (3)

Administración de Fincas Silvia Medina Castro

A: S. A.

25/03/2023

Por medio de la presente se procede a contestar a la reclamación efectuada por la tramitación de su reclamación por una propietaria afectada por la reposición de las verjas que tenía colocadas en las ventanas de su vivienda, que fueron retiradas para la ejecución de la obra de rehabilitación del edificio, han sido oportunamente atendidas, tanto por teléfono como por correo electrónico, como se expone a continuación.Con fecha 21/01/2023 la afectada comunicó a la oficina de la administración de fincas, mediante correo electrónico, que habiéndose terminado la obra de rehabilitación de las fachadas, no se le habían colocado las verjas que tenía en las ventanas de su vivienda y que se fueron retiradas a fin de poder ejecutar la obra.Ese mismo día la administración de fincas reclamó a la empresa contratista que ejecutó la obra y al arquitecto director de la misma, quien también redactó el proyecto, la reposición de las verjas, lo cual le fue notificado a la afectada por correo electrónico.El día 02/02/2023 la administración de fincas volvió a reclamar a la empresa contratista y al arquitecto, vía correo electrónico, la colocación de las verjas en la vivienda de la propietaria afectada.La afectada reclamó nuevamente mediante e-mail de fecha 07/02/2023 la reposición de las verjas y por parte de la administración de fincas se trasladó de nuevo la reclamación a la empresa contratista y al arquitecto el 10/02/2023.El día 17/02/2023 la propietaria afectada mandó un correo electrónico a la administración de fincas solicitando que se le indicara la fecha en que se colocarían las verjas en su vivienda y se le contestó por la misma vía que la siguiente semana estaba prevista una reunión con el arquitecto, para volver a reclamar, entre otras incidencias de la obra, la reposición de las verjas.El día 23/02/2023 la administración de fincas remite a la propietaria que cuya reclamación contestamos, un e-mail a fin de verificar si ya se le habían colocado las verjas para, en caso contrario, volver a reclamar su reposición, reclamación que se efectúa ese mismo día, con sendos correos electrónicos, enviados a la empresa contratista y al arquitecto.El día 24/02/2023 la empresa contratista mediante e-mail contesta a la administración de fincas que las reclamaciones pendientes de la obra, entre ellas la colocación de la verja, dependía de que el Arquitecto informara sobre las mismas y del pago pendiente por parte de la comunidad por las obras ya ejecutadas.Tras varias llamadas al arquitecto, el día 22/03/2023 la administración de fincas se reúne con el arquitecto y le solicita una respuesta en relación con las verjas de los pisos primeros que están pendientes de colocar, a lo que el arquitecto responde que esa partida está fuera del proyecto y que considera que es algo privativo que corresponde al propietario cuyas verjas se han retirado, si bien por parte de la administración de fincas se le indica al arquitecto que las verjas de las viviendas fueron retiradas a fin de poder ejecutar la obra y que eso debió ser contemplado como una partida más en el proyecto para la obra de rehabilitación de fachadas, tal como había previsto para los colgadores de ropa. En dicha reunión se le pregunta al arquitecto sobre el importe aproximado de la colocación de las verjas en la vivienda de la propietaria, a lo que el arquitecto contesta que sobre unos 120.-Eur y se queda en que el arquitecto se pondrá en contacto con la empresa contratista para darle el visto bueno a la colocación de las verjas, sin determinar a quién corresponde el gasto, y que también comunicaría con la propietaria.Ese mismo día se traslada por teléfono a la afectada que el arquitecto ha indicado que se pondrá en contacto con la misma y ésta exige que se le indique el día exacto en el que el arquitecto le llamará, a lo que se le responde que ese dato se desconoce, que dependerá del mismo arquitecto.Tras la reunión con el arquitecto, la administración de fincas se pone en contacto por teléfono con la empresa contratista a fin de indicarle que el arquitecto va a dar el visto bueno a la colocación de las verjas y se le solicita que programe una fecha para su colocación. La empresa contratista señala que en principio no ejecutará esa partida hasta que le sea satisfecho el importe que la comunidad de propietarios tiene pendiente de pago por la obra de la fachada. Se le indica a la empresa contratista que la comunidad es consciente del importe que se le debe y que esta situación se debe a que las derramas para el pago de la obra se hicieron en función del coste de las obras inicialmente indicado por el arquitecto, y que después el gasto se incrementó por incidencias surgidas durante la obra, se le informa que está pendiente de convocarse una reunión con la comunidad para explicar la situación descrita y recaudar el importe restante para el pago completo de la obra. Se le pregunta a la empresa contratista si, no obstante lo anterior, puede colocar las verjas en la vivienda y en la otra vivienda de la planta primera que también tenía verjas y que también se quitaron con motivo de la obra, teniendo en cuenta el precio de 120.-Eur que el arquitecto estimaba para la colocación de las mismas. La empresa contratista indica que ese coste no está bien calculado porque nos e trata de ir a colocarlas sin más, dado que una de la verjas que estaban colocadas en la vivienda de la afectada tiene que adaptarse a la nueva configuración de la fachada ya rehabilitada y que además, la recolocación de las verjas implica picar parte de la mocheta y colocar de nuevo el SATE que se acaba de poner. Teniendo en cuenta lo anterior, la administración de fincas solicita a la empresa contratista el coste de la colocación de las verjas en las plantas de los dos primeros pisos.Con fecha 23/03/2023 la empresa contratista facilita el presupuesto de la colocación de las cinco verjas que asciende a un total de 2.128,50.-Eur (IVA incluido).Dado que quedan asuntos pendientes que tratar sobre la obra de rehabilitación de fachada, entre ellos la colocación de las verjas y la recaudación de fondos para el pago del importe pendiente por la ejecución de la obra, estaba prevista una junta extraordinaria de la comunidad para el día 27/03/2023, sin embargo, no pudiendo asistir una parte de los miembros de la comisión de obras, la misma se celebrará el próximo 17/04/2023.Se ha de indicar que en la última conversación telefónica mantenida por la administración de fincas con la empresa contratista ésta última ha manifestado que la propietaria ha mantenido el contacto con la empresa por vía telefónica: el 13/02/2023 la empresa contratista le indica a dicha propietaria que antes de colocar las verjas tiene que ir a medir, por las razones anteriormente indicadas, y que tiene dificultades para que alguien le abra la puerta del portal para poder después acceder al patio donde están las ventanas en las que se tienen que colocar las verjas el día 15/02/2023 la empresa contratista le comunicó a la propietaria afectada que ya tenían acceso al edificio gracias a un copropietario que les facilitaba el acceso al portal, porque la empresa sólo disponía de la llave de acceso al patio donde están las ventanas y el 07/03/2023 se le trasladó a esta propietaria que las medidas ya estaban tomadas y que la colocación de las verjas estaba condicionada a que el arquitecto le diera el visto bueno a su colocación y a que se le abonaran los pagos pendientes por la comunidad por la obra ya ejecutada.Teniendo en cuenta todo lo anteriormente expuesto, queda acreditado que las reclamaciones de la propietaria aue ha interpuesto la reclamación han sido debidamente atendidas por parte de la administración de fincas de la comunidad de propietarios de la calle castaños n° 3 de Bilbao, de hecho, como ya se ha indicado anteriormente, su reclamación y la de la otra copropietaria en la misma situación, van a ser tratadas en la próxima junta de la comunidad para darle una solución definitiva.Los justificantes de todos los correos electrónicos mencionados se encuentran a disposición de cualquiera que demuestre interés en los mismos dado que no se pueden aportar con esta contestación, por protección de datos.Por lo expuesto, se solicita que se retire la reclamación efectuada por la propietaria, en primer lugar porque la reclamación como ella conocía debía de dirigirse a otra de las partes intervinientes en la obra y fundamentalmente solició que la misma se retire de la plataforma del organismo al que tengo el honor de dirigirme, dado que es de acceso público, recomendado así mismo que en un futuro se salvaguarden mis datos personales, como se respetan en cualquier otro organismo o institución.El 23/03/2023 a las 6:58, escribió: Reclamación: Ni resuelven, ni contestan - (CPTES01756186-01) -- RGPD UE 2016/ 679 Le informamos que sus datos personales serán tratados por Administración de Fincas Silvia Medina Castro conla finalidad de prestar nuestros servicios, con la licitud de la relación contractual que nos une, o la cual está en proceso de producirse.Únicamente se cederán los datos necesarios para la consecución del servicio contratado a empresas que a su vez nos prestanservicios, usted puede solicitar información sobre la titularidad de las mismas, así como ejercer los derechos de acceso, rectificación,limitación, portabilidad, supresión y oposición de sus datos eninfo@smedina.es y de reclamación enwww.aepd.es.CONFIDENCIALIDAD: La información contenida tanto en este e-mail, como en los documentos adjuntos, es información confidencial yprivilegiada para uso exclusivo de la persona o personas a las que va dirigido. No está permitido el acceso a este mensaje a cualquierotra persona distinta a los indicados. Si no es uno de los destinatarios o ha recibido este mensaje por error, cualquier duplicación,reproducción, distribución, así como cualquier uso de la información contenida, está prohibida y puede ser ilegal. J_______-- Este correo electrónico ha sido analizado en busca de virus por el software antivirus de AVG.www.avg.com

S. A.

A: Administración de Fincas Silvia Medina Castro

28/03/2023

DATA NOT AVAILABLE

Administración de Fincas Silvia Medina Castro

A: S. A.

30/09/2025

Estimados señores de la OCU, Me dirijo a ustedes en mi nombre de Silvia Medina con respecto a las referencias negativas publicadas en 2023 sobre nuestra entidad en su plataforma. Ni resuelven, ni contestan - Reclamaciones y opiniones Administración de Fincas Silvia Medina Castro - 23/03/2023 En su momento, remitimos una carta explicativa respondiendo dichas menciones, aclarando que las incidencias señaladas no son impus a nuestra empresa. Consideramos que estas referencias, que ya fueron contestadas y aclaradas, generan perjuicios injustificados a nuestra imagen y solicitamos formalmente su eliminación. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración adicional y esperamos su confirmación sobre la tramitación de esta solicitud. Atentamente Silvia Medina Castro -- RGPD UE 2016/ 679 : Le informamos que sus datos personales serán tratados por Administración de Fincas Silvia Medina Castro con la finalidad de prestar nuestros servicios, con la licitud de la relación contractual que nos une, o la cual está en proceso de producirse. Únicamente se cederán los datos necesarios para la consecución del servicio contratado a empresas que a su vez nos prestan servicios, usted puede solicitar información sobre la titularidad de las mismas, así como ejercer los derechos de acceso, rectificación, limitación, portabilidad, supresión y oposición de sus datos en info@smedina.es y de reclamación en www.aepd.es. CONFIDENCIALIDAD: La información contenida tanto en este e-mail, como en los documentos adjuntos, es información confidencial y privilegiada para uso exclusivo de la persona o personas a las que va dirigido. No está permitido el acceso a este mensaje a cualquier otra persona distinta a los indicados. Si no es uno de los destinatarios o ha recibido este mensaje por error, cualquier duplicación, reproducción, distribución, así como cualquier uso de la información contenida, está prohibida y puede ser ilegal. JN _______ Libre de virus.www.avg.com


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