Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Santorini al de Madrid, que tenía su salida a las 21:25 horas del día 19 del mes de Julio de 2024 por lo que la llegada normal a Madrid debería haber tenido lugar a las 0:20 horas del día 20, con un coste de 195 €. Adjunto los siguientes documentos: billetes de ambos pasajeros.
Nº de pasajeros: 2
Después de un retraso de 3 horas, se procedió al embarque al avión. Una vez todo el avión estaba lleno, se procedió a comunicar la cancelación del vuelo, dejándonos dentro del avión una hora más, y posteriormente a buscarnos alojamiento a nuestra suerte a las 3 de la mañana. SOLICITO, al menos, el reembolso del importe de los billetes. Sin otro particular, atentamente. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea