Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Adolfo Suárez Barajas (Madrid) al de Peinador (Vigo), que tenía su salida a las 11:30 horas del día 09 del mes de febrero de 2025 por lo que la llegada normal a Vigo debería haber tenido lugar a las 12:50 horas del mismo día, con un coste de 56,94 €. Adjunto los siguientes documentos: 1. Billete de avión, correo de cancelación 30 minutos después del embarque en el avión . Una vez sentada en el avión de salida y tras una espera de 30 minutos sentada en el mismo, se me ha comunicado la cancelación del trayecto contratado. Una vez que me bajo del avión no se nos comunica el motivo de cancelación del vuelo ni se nos dan unos parámetros para actuar, así que me dispuse a poner una reclamación en atención al cliente. Tras una cola de 2 horas para reclamar no se me da ningún tipo de explicación y me comunican que tengo que llamar a Iberia para que me ubiquen en otro vuelo destino a Vigo o usar un transporte alternativo (autobús) que pone Ibera a disposición de los pasajeros de ese vuelo, el cual llegaría a las 23:00 h, 10 h más tarde que el vuelo.
SOLICITO el reembolso del importe del billete. Sin otro particular, atentamente. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea