Eutanasia: una solicitud compleja

O enfermo o con la autonomía muy recortada
Hay dos formas en las que un paciente puede solicitar terminar sus días: mediante la eutanasia administrada por el médico o tomando él mismo las sustancias que el médico le proporcione, que es una forma de eutanasia conocida como suicidio asistido.
Son fórmulas que no puede pedir cualquiera; hay que estar enfermo, no vale solamente con desear morir.
Los requisitos principales para solicitarla son estos:
- Ser español, residente legal en España o empadronado aquí durante más de doce meses.
- Ser mayor de edad, capaz y consciente en el momento de hacer la solicitud.
- Tener una de estas dos afecciones de la salud, que la ley describe y que el médico responsable debe certificar:
- O una “enfermedad grave e incurable”, es decir, una enfermedad que cause sufrimientos físicos o psíquicos constantes, fragilidad progresiva y un pronóstico de vida limitada, sin que pueda aliviarse de una forma que el paciente encuentre tolerable;
- O un “padecimiento grave, crónico e imposibilitante”, que recorte su autonomía, le impida valerse por sí mismo y afecte a sus posibilidades de expresarse y relacionarse, sin posibilidad de mejoría o curación.
Además, para que la petición de eutanasia se consume, debe ajustarse a numerosos formalismos y someterse a muchas comprobaciones que involucran a médicos y juristas.
El paciente puede desistir en cualquier momento
Desde que el paciente formula su primera petición de eutanasia, pueden ocurrir muchas cosas, empezando porque cambie de idea y decida no seguir adelante en cualquier punto del procedimiento, incluso al borde de consumarse.
El procedimiento en cuestión es largo: siempre que el paciente sostenga su deseo y los que intervienen no pongan objeciones en ninguno de los controles, tarda unos 40 días en consumarse.
La primera objeción que puede encontrar el paciente es que desee que sea su médico habitual quien lidere el proceso como "médico responsable" y reciba una negativa, debiéndose conformar con otro que le asignen.
Los pacientes tienen derecho a solicitar la eutanasia, pero también los médicos tienen derecho a no aplicarla, pues la ley permite la objeción de conciencia.
Ambas decisiones son "personalísimas", es decir, nadie puede tomarlas por otro.
En el caso de los médicos, deben manifestar su objeción por escrito y de antemano, para que quede anotada en los registros que las administraciones sanitarias autonómicas están llamadas a crear. Es confidencial y puede cambiarse en cualquier momento.
1. La primera solicitud, al médico responsable
El paciente que desea la eutanasia debe formular su petición por escrito en un documento fechado y firmado, o hacerlo por otro medio que deje constancia de su voluntad, si no tiene la habilidad de escribirlo.
Un profesional sanitario debe asistir a este acto y firmar a su vez la petición, que en todo caso debe llegar a manos del “médico responsable”, coordinador de todo el proceso, para que la incorpore a la historia clínica.
Otra opción es que el paciente haya dictado unas instrucciones previas donde haya designado a un representante que hable en su nombre con el médico y transmita su deseo de recibir la eutanasia si la pérdida de facultades le impide expresarse; las instrucciones o testamento vital tendrán, eso sí, que cumplir las condiciones para considerarse válidas.
2. El proceso deliberativo, para conocer las opciones
El médico responsable tendrá que comprobar si se cumplen los requisitos legales para dar por válida la solicitud e iniciar con el paciente una conversación acerca de su diagnóstico, las posibilidades de tratamiento que tiene, los eventuales cuidados paliativos... Todo ello asegurándose de que es comprendido y dándole una copia escrita de la información dentro de los 5 días posteriores a su petición. También puede emitir un informe desfavorable, que se puede recurrir ante la Comisión de Garantía.
3. Nueva solicitud y segunda deliberación
Pasados 15 días de la primera solicitud, el paciente debe reiterar su petición del mismo modo que hizo la primera. Y el médico responsable debe revisar que siguen cumpliéndose los requisitos y retomar las deliberaciones con el paciente, cuyas dudas e inquietudes debe atender, no tardando todo ello más de una semana.
El médico responsable también puede fijar un plazo más corto para recabar el consentimiento informado, si cree que el deterioro del paciente es inminente y no va a estar en condiciones de reiterar su solicitud de eutanasia 15 días después de hacerlo por primera vez, tal y como exige la ley. Tendrá entonces que justificar ese adelanto y consignarlo en la historia clínica.
4. La segunda opinión, del médico consultor
Paralelamente, el médico responsable debe contactar al “médico consultor”, que debe estudiar el caso, examinar al paciente, corroborar que todo está en orden y que se han seguido los pasos previstos, y emitir en el plazo de 10 días un informe que se incluye en la historia clínica del paciente y puede ser desfavorable (y recurrible ante la Comisión de Garantía), o favorable.
5. La última confirmación del paciente
Acabada la deliberación, el médico responsable debe esperar 24 horas para pedirle al paciente que decida si desiste o si prosigue, en cuyo caso debe firmar el documento de consentimiento informado. Después, ha de comunicar su decisión al equipo sanitario y a los allegados que el paciente haya designado, si es que ha querido designar a alguno.
6. Cascada de controles finales
La última en intervenir es la Comisión de Garantía y Evaluación, cuyo presidente debe asignar la tarea de revisar el proceso a dos de sus miembros, un médico y un jurista. En 7 días, la comisión emitirá un informe con todos los datos relevantes y su dictamen desfavorable o favorable. El paciente debe conocerlo en 24 horas. Si es desfavorable, podrá recurrir por la vía contencioso administrativa y si es favorable, ya solo le queda esperar la administración de la eutanasia o la ayuda para el suicidio, en un plazo que la ley no especifica y durante el que sigue pudiendo cambiar de opinión.
El testamento vital puede ayudarte
Entre la eutanasia, que persigue la muerte activamente, y el uso de todos los medios posibles para alargar la vida a ultranza, hay un abanico de opciones que deberías poder graduar a voluntad, ya sea dialogando con los médicos que te traten, ya sea dejando de guía un testamento vital.
En ese documento se puede, por ejemplo, solicitar que a partir de cierto grado de deterioro se prescinda de tratamientos curativos (como los antibióticos) y medidas de soporte vital (como la respiración asistida) y solo se actúe para aliviar el sufrimiento.