Estimada Sra. Natalia Rubio Gomez,
Mediante el presente escrito damos respuesta al requerimiento de referencia presentado por usted a través de OCU.ORG, relativo a la visibilidad de las entradas de categoría PL4 Grada adquiridas bajo referencia de compra 8822083 (Sector 314, Fila 3, Asientos del 1 al 7) para el concierto Bad Bunny DeBÍ TiRAR MáS FOToS World Tour celebrado el 31 de mayo de 2026 en el Estadio Riyadh Air Metropolitano de Madrid.
En primer lugar, queremos trasladarle que lamentamos sinceramente que la experiencia durante el evento no resultara plenamente satisfactoria.
En el momento de la salida a la venta de las entradas para la gira DeBÍ TiRAR MáS FOToS World Tour, el diseño del espectáculo contemplaba únicamente un escenario principal. Los planos mostrados durante el proceso de compra tienen carácter orientativo y no constituyen representaciones a escala real del recinto. No obstante, la ubicación del Sector 314 respecto al escenario principal fue la misma durante todo el proceso de comercialización y no experimentó modificación alguna. La presencia de elementos técnicos imprescindibles para la producción del espectáculo es inherente a este tipo de eventos y resulta necesaria para garantizar la correcta ejecución artística y técnica del mismo.
La incorporación posterior de La Casita, como escenario secundario ubicado en la parte posterior de la pista general, respondió a una decisión adoptada por el artista y su equipo de producción con el fin de ofrecer una experiencia más cercana y equilibrada al conjunto de los asistentes con independencia de la ubicación de sus localidades. Dicha incorporación no supuso la eliminación, reducción ni modificación sustancial de la actuación inicialmente prevista sobre el escenario principal, sino la adición de un elemento artístico complementario concebido para ampliar la experiencia del espectáculo.
La actuación de Bad Bunny tuvo una duración aproximada de 2 horas y 45 minutos, superior a la habitual en conciertos de estadio con un único artista principal y se estructuró en tres actos desarrollados en distintos espacios escénicos. En este contexto, dado que el sector donde se ubicaban las localidades objeto de reclamación estaba situado en una Grada Alta de Fondo Norte y el escenario principal en Fondo Sur, al otro lado del estadio, la modificación del diseño del espectáculo incorporando “La Casita”, le permitió disfrutar de la actuación del artista durante aproximadamente 50 minutos desde una ubicación próxima y con buena visibilidad.
El artista se desplazó de forma constante por las zonas habilitadas de ambos escenarios evitando concentrarse en un único punto para mayor disfrute de todo el público. Las localidades objeto de reclamación contaron con la adecuada visibilidad de ambos escenarios y de la pantalla de gran formato instalada como parte de la producción del espectáculo. La eventual afectación parcial de la línea de visión respecto de un punto concreto del escenario principal o de la pantalla derivada de la presencia de una torre técnica no ocasionaba una limitación relevante de la visión ni impedía el seguimiento del espectáculo, por tanto, no constituye motivo suficiente para la consideración de visibilidad reducida de dichas localidades.
Asimismo, la visibilidad de una localidad no puede valorarse exclusivamente a partir de fotografías o vídeos captados desde un punto fijo y en un momento concreto, pues la experiencia visual de un concierto es necesariamente dinámica, condicionada por el movimiento del artista, el contenido y el uso de los distintos espacios escénicos, de modo que una imagen aislada no resulta representativa de la experiencia global del evento.
Durante el evento estuvieron a disposición del público los canales habituales de atención e incidencias, incluyendo personal de acomodación, atención al cliente y hojas oficiales de reclamación en el propio recinto. Asimismo, la organización disponía de localidades reservadas para atender posibles incidencias operativas o necesidades de reubicación que pudieran surgir durante el desarrollo del espectáculo.
La política de devolución aplicada por la organización contempla la valoración de solicitudes de reembolso cuando el asistente, alegando una causa susceptible de valoración, renuncia previamente a presenciar el espectáculo y lo acredita en el propio recinto durante la celebración del evento mediante la presentación de la correspondiente hoja oficial de reclamación, así como en los supuestos en los que concurran circunstancias excepcionales, que no se dan en el presente caso.
El concierto se celebró íntegramente en la fecha, horario y recinto anunciados. Las localidades objeto de reclamación ofrecían una visibilidad adecuada conforme a los criterios habituales para este tipo de espectáculos y no presentaban incidencia técnica, defecto estructural ni circunstancia que alterase las condiciones objetivas bajo las cuales fueron comercializadas. En consecuencia, no apreciamos incumplimiento contractual alguno que justifique la devolución total o parcial del importe abonado, por lo que no procede estimar la solicitud formulada.
La presente comunicación constituye la respuesta formal a su reclamación. Si lo estima oportuno, puede dirigir su reclamación ante los organismos de consumo competentes en su localidad o comunidad autónoma. Asimismo, le informamos que Giras Latinas Forever S.L., perteneciente al grupo Live Nation España S.A.U., no está adherida a ninguna entidad de resolución alternativa de litigios en materia de consumo, ni se encuentra obligada a participar en procedimientos ante una entidad concreta.
Atentamente,
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