Muy señores nuestros:
En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento para la Defensa del Cliente de NATIONALE NEDERLANDEN GENERALES, y la orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras, se ha recibido en este Servicio de Atención de Reclamaciones el escrito adjunto mediante el que se expone disconformidad con la actuación de la Aseguradora en nombre de D. Joan Cuquerella.
En primer lugar ofrecemos disculpas al Asegurado en nombre de la Compañía por las molestias ocasionadas.
Se observa en el expediente del siniestro aludido que finalmente, y en aras de no dilatar más este asunto, se ha indemnizado al Sr. Cuquerella la cantidad de 2.208,25€ en atención de los daños presentados.
Asimismo, y dado el retraso incurrido en el trámite, se han aplicado los intereses por demora que regula el artículo 20 de la Ley 50/1980 de 8 de octubre de Contrato de Seguro.
Por lo expuesto este Servicio ha estimado su reclamación.
Atentamente,
Servicio de Atención de Reclamaciones
NATIONALE-NEDERLANDEN GENERALES
Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.E.