El pasado 4/06/23, fui al aeropuerto de Marrakech (para realizar vuelo Marrakech a Madrid a las 8.20h). Fuimos con 2 horas previas al vuelo, ya que no pudimos hacer le check-in on line ya que no recibí el email con la reserva ni tampoco ningún mensaje de texto. y fue imposible recuperar el numero de reserva en la web de ryanair, aunque lo intentamos durante mucho rato.Se me obligó a pagar por hacer el check in en el aeropuerto 189.55€ (éramos 3 personas) , siendo una de las clausulas abusivas e ilegales en la unión europea, Esto se hace claramente con afán recaudatorio. Si el motivo fuera la disuasión del check-in en mostrador (como indica la compañía), dejarían la opción abierta hasta media hora antes del vuelo. Por tanto, tanto por la ilegalidad que supone el cobro de la tarjeta de embarque* como por el hecho de que el motivo de no realizar el check-in online fuera la falta de disponibilidad de opciones de facturación de maleta, al no aparecer la misma, una vez pagado el precio de la facturación de esta, solicito la devolución de los 63.18 € POR PERSONA que pagué por la realización del check-in en el mostrador*La sentencia del 22 de octubre de 2016 del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid declara nulo el cobro por la impresión de la tarjeta de embarque por entender que se establece una penalización desproporcionada. La sentencia concluyó que las aerolíneas están obligadas a expedir un billete al pasajero, según establece el Convenio de Montreal, el Reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de febrero de 2004 por el que se establecen las normas comunes sobre compensación y asistencia a pasajeros en caso de denegación de embarque, y la Ley española de navegación aérea de 1960