Buenos días,
Deseo manifestar mi disconformidad con el cierre del expediente.
El hecho de que en la apertura del parte se indicara “daños por lluvia” respondía únicamente a una descripción inicial de los efectos observados. Sin embargo, el daño comunicado se produjo cuando fuertes rachas de viento provocaron la entrada de agua por el hueco del cajón de la persiana.
Tal y como establece la póliza en el apartado de fenómenos atmosféricos, los daños causados por viento quedan cubiertos cuando se superan rachas de 80 km/h. Según los avisos meteorológicos emitidos por AEMET para el litoral gaditano el día 4 de febrero, se registraron rachas de viento intensas en la zona.
Por este motivo, considero que el siniestro debería valorarse también bajo la cobertura de daños por viento y no únicamente bajo el umbral de lluvia.
Asimismo, solicito que se me facilite copia íntegra del informe pericial en el que se basa la decisión adoptada, así como los registros meteorológicos utilizados para la valoración del expediente.
En caso de no estimarse esta solicitud, procederé a trasladar la reclamación al Servicio de Atención al Cliente de la compañía y, en su caso, a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Quedo a la espera de su respuesta.
Un saludo.