Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Doha al de Barcelona, que tenía su salida a las 15:50h horas del día 30 del mes de junio de 2025 por lo que la llegada normal a Barcelona debería haber tenido lugar a las 21:45 horas del día 30 de junio. Adjunto los siguientes documentos: [billetes originales y nuevos billetes] Nº de pasajeros: 4 El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada, puesto que nuestro vuelo previo llegó a Doha más tarde de la hora esperada por problemas técnicos del avión de origen y nos asignaron en el vuelo Doha-Barcelona con salida a las 01:40h del 1 de julio y llegada a Barcelona el 1 de julio a las 07:40h de la mañana, más de 6h tarde de la hora inicial prevista. Asimismo, no se dio la asistencia gratuita a la que se tiene derecho y tuve que pagar los gastos de los cuales adjunto factura [ comida aeropuerto de Jakarta, donde tuvimos que pasar más de 12h hasta la salida del vuelo destino Doha. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea más los gastos abonados motivados por el retraso.
Sin otro particular, atentamente.
Les recuerdo que el Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea, por lo que no demoren más y procedan a hacer el reembolso de los 2.602 € que nos deben.