Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de SAN PABLOal de BARCELONA, que tenía su salida a las 18.00 horas del día 18 del mes de marzo de 2025 por lo que la llegada normal a Barcelona debería haber tenido lugar a las 8.30 horas del día 19 de marzo. Adjunto los siguientes documentos: los billetes de avión, tarjeta de embarque.
Nº de pasajeros: 2
El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente.
Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea