El 24 de mayo de 2026 entregué 1.000 € en concepto de arras penitenciales para la compra de un vehículo KIA Niro 1.6 GDI PHEV Drive Auto 141 CV, matrícula 6071LWD, comercializado por AUTOFESA (RODRISA AUTOMÓVILES S.L.).
Antes de formalizar definitivamente la compraventa decidí realizar una inspección técnica independiente, previamente aceptada por el comercial Sr. Miguel Carbonell.
El 29 de mayo de 2026 dicha inspección reveló diversos elementos que generaron dudas razonables sobre el estado real y el historial del vehículo. Entre otros aspectos, se detectaron múltiples elementos repintados, indicios de reparaciones de carrocería de alcance superior al comunicado durante la visita comercial y defectos de acabado en algunas zonas pintadas.
Además, posteriormente tuve acceso a documentación del historial del vehículo en la que figura una anotación denominada “Peritación de daños” con fecha 16/12/2025. Tras conocer esta información solicité expresamente a la empresa aclaraciones sobre la naturaleza de dichos daños, el alcance de las reparaciones realizadas y la existencia del correspondiente informe pericial.
Pese a mis reiteradas solicitudes escritas, la empresa nunca facilitó dicha documentación ni respondió de forma concreta a estas preguntas.
Asimismo, en la documentación consultada observé inconsistencias que requerían aclaración. Por ejemplo, aparecen registros con kilometrajes diferentes que plantean dudas razonables y que tampoco fueron explicados por la empresa pese a haber sido expresamente preguntados.
Ante la aparición de esta información relevante, comuniqué inmediatamente mi decisión de no continuar con la compra y solicité la devolución de la señal entregada. Mi decisión no obedeció a un cambio caprichoso de opinión, sino a la pérdida de confianza derivada de información sobre el vehículo que desconocía cuando entregué las arras.
El 30 de mayo de 2026 presenté una reclamación formal por escrito. Posteriormente remití múltiples correos electrónicos dirigidos tanto al Sr. Miguel Carbonell como a Dña. María Ángeles solicitando aclaraciones sobre los daños, reparaciones y antecedentes del vehículo.
Durante semanas no recibí respuesta sustancial alguna. La empresa únicamente reaccionó después de recibir un burofax formal y tras la presentación de una reclamación ante la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid.
La respuesta finalmente remitida por AUTOFESA se limita esencialmente a invocar el artículo 1454 del Código Civil y la cláusula de arras penitenciales, pero continúa sin aportar documentación sobre la “Peritación de daños”, sin explicar el alcance real de las reparaciones realizadas y sin responder a las cuestiones concretas planteadas sobre el historial del vehículo.
Además, la empresa califica mi decisión como un “desistimiento caprichoso y voluntario”, afirmación que considero improcedente e inexacta, ya que la cancelación se produjo únicamente después de una inspección independiente y del descubrimiento de información relevante que no me había sido comunicada previamente.
Considero que un consumidor tiene derecho a recibir información completa, transparente y suficiente para tomar una decisión informada antes de formalizar una compraventa de estas características.
Por todo ello solicito la intervención de OCU para intentar obtener una solución amistosa y la devolución íntegra de los 1.000 € entregados, al considerar que mi decisión estuvo motivada por la falta de transparencia respecto al estado e historial real del vehículo y por la ausencia de respuesta adecuada a mis solicitudes de información.