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RETENCIÓN DE FIANZA

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Tu reclamación

D. R.

A: Tecnocasa

01/01/0001

Los hechos son los siguientes:Alquilamos un piso por medio de esta inmobiliaria a la propietaria durante el periodo de 15 de septiembre de 2015 a 15 de septiembre de 2016.El piso fue entregado en una condiciones lamentables de higiene, condiciones que tenemos fotografiadas, teniendo los inquilinos que hacernos cargo de ese desastre cuando, al reunirnos con agencia y propietario, se nos aseguró que tendríamos el piso en perfectas condiciones.Al finalizar el periodo de alquiler, dejamos el piso mucho mejor de lo que se nos entregó, y se niegan a devolvernos la fianza.Como excusa para retener nuestro dinero, alegan que la puerta del frigorífico cerraba mal (cuando se hizo la revisión antes de abandonarlo estaba perfecta, y cuando se nos comunicó que cerraba mal ya llevaban los nuevos inquilinos viviendo dos semanas) por lo que nos enviaron una factura de un frigorífico nuevo (el que teníamos era descaradamente antiguo y de la mitad de tamaño que el nuevo), factura de un colchón nuevo (porque alegan que el viejo tenia una mancha) y otros gastos que desde luego no nos corresponden a nosotros.Hemos intentado mediar con ellos, pero intentan por todos los medios cortar la comunicación con nosotros.Nos gustaría denunciar a la propietaria y a la agencia como intermediarios, ¿Qué pasos debemos seguir?

Mensajes (1)

Tecnocasa

A: D. R.

30/11/2016

Número de expediente: 103101583-67 Estimada socia Nos ponemos en contacto con usted en referencia a la consulta que nos plantea con respecto a la misma, consideramos que el incumplimiento en la devolución de la fianza no alcanza a la responsabilidad de la inmobiliaria, que sin embargo sí respondería del incumplimiento, respecto al precio pactado en la renta o sería intermediaria, durante la vigencia del contrato de los incumplimientos respecto al mantenimiento que pudieran producirse si es quque se hubiera estipulado así en el contrato, pero finalizado el mismo es responsabilidad de la parte arrendadora la devolución de la fianza cuando no se arrendadora de modo fehaciente la devolución de la misma, es decir, mediante burofax, dándole un plazo de 15 días para que le ingrese el importe adeudado y advirtiéndole que dé no hacerse efectivo el importe en el plazo señalado iniciará aciones legales en el ejercicio de sus derechos. Quedando a su entera disposición, reciba un cordial saludo.ASESORIA OCU click en el siguiente enlace::na2.se.voxco.com/se/?st=6M9NIk9SWq8HyzjlFgxF4W8jaSnOeP%2f%2fnYmzdePx9%2bhpUU96hYFfCA%3d%3durlimport=1questlist=SESSIONIDSESSIONID=8877661


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