Estimados/as señores/as:Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Barcelona al de Amsterdam, que tenía su salida a las 19:25 horas del día 15 del mes de Abril de 2024 por lo que la llegada normal a Amsterdam debería haber tenido lugar a las 21:55 horas del día 15 de Abril.El vuelo finalmente salió sobre las 22:00 horas y aproximadamente a las 24:00 el capitán nos informó de que el sistema de control de tráfico aéreo del aeropuerto de Schiphol se había averiado y que teníamos que aterrizar en Bruselas. Después de esperar dos horas dentro del avión, el capitán nos informó de que el vuelo se había cancelado y de que teníamos que llegar a nuestro destino por nuestros propios medios ya que Vueling no nos podía ofrecer un transporte alternativo. En ese momento recibimos un email de Vueling informándonos de que se harían cargo de los gastos ocasionados por el cambio de destino de nuestro vuelo.Sobre las 03:00 horas desembarcamos en el aeropuerto de Bruselas, que en ese momento se encontraba cerrado, sin autobuses, sin taxis, sin trenes, y sin hoteles o bares o restaurantes. La única opción disponible para llegar a mi destino era UBER (en Delft, a medio camino entre Bruselas y Amsterdam) , cosa que finalmente logré a las 5:30 de la madrugada y después de pagar más de 400€.Después de reclamar el reembolso a Vueling, he recibido un email informándome de que la cancelación se debió al mal tiempo y que no me corresponde ninguna compensación.Debido a la cancelación del vuelo contratado sin ofrecer ningún tipo de viaje alternativo.SOLICITO, se me reembolse el coste del transporte en UBER entre el aeropuerto de Bruselas y la ciudad de Delft y que se me compense con las cantidades establecidas para los casos de cancelación.Sin otro particular, atentamente.Adjunto los siguientes documentos:Código de reserva: SNWFPHVuelo VY8311 BCN-AMSemail de Vueling indicando que se harían cargo de los gastos de transporte hasta el destino final.Factura de UBER del trayecto entre el aeropuerto de Bruselas y DelftNota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que:o Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suizao Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea