Hola,
Hoy, 1 de septiembre de 2025, se cumplen 14 días naturales desde que comuniqué mi desistimiento del pedido realizado el 8 de agosto de 2025 (cancelado el 18 de agosto de 2025). Importe abonado: 1.072,70 €. Medio: Bizum. Nº de pedido: 411501529.
Conforme al artículo 76 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (LGDCU), el empresario debe reembolsar sin demora indebida y, en todo caso, dentro de 14 días naturales desde que fue informado del desistimiento. El mismo precepto reconoce que, si se incumple este plazo, el consumidor puede reclamar el doble de las cantidades adeudadas, además de daños y perjuicios.
He contactado con ustedes en varias ocasiones, pues un agente debía contactarme en un plazo de 3 a 6 días, pero nunca sucedió. Todas sus respuestas son “hay retrasos en el departamento”, lo cual no les exime del cumplimiento del plazo legal.
Les solicito lo siguiente:
1. Emisión inmediata del reembolso íntegro de 1.072,70 € al método de pago original.
2. Envío de confirmación por escrito y justificante de la orden de devolución en las próximas horas (disponen de mi email).
Si no recibo confirmación y abono inmediato, iniciaré sin más dilación:
• Demanda de juicio verbal reclamando 2.145,40 € (el doble, como prevé el art. 76 LGDCU) más intereses y costas.
• Reclamación ante Consumo y autoridades de consumo competentes.
Quedo a la espera de su confirmación inmediata.