En enero de 2023 reclamé a través de la OMIC de Villanueva de la Serena y no he obtenido respuesta.Vuelvo a realizar la reclamación a través de la OCU.El pasado 22 de diciembre de 2022, cogimos el vuelo con código de reserva HKWWKX origen MADRID destino MARSELLA. Cuando íbamos a recoger las tarjetas de embarque nos obligaron a factura por dos maletas de equipaje de mano, cumplían con las medidas exigidas y verificadas según el medidor de maletas disponible en el mostrador de la compañía aérea. Ocurrió lo mismo el 29 de diciembre de 2022, en el vuelo con código de reserva VG21JZ origen BARCELONA destino MADRID, nos obligaron factura por una maleta de equipaje de mano, cumplía con las medidas exigidas y verificadas según el medidor de maletas disponible en el mostrador de la compañía aérea.Según la Ley de Navegación Aérea, con el precio del billete se incluye el equipaje de mano de hasta 10 kilos, así como los objetos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos.Solicito el reembolso de 160 euros por la facturación de tres maletas facturadas en los vuelos arriba indicados. De acuerdo a la sentencia 787/2022, el equipaje de mano es un derecho indispensable del pasajero y, por lo tanto, no se puede cobrar un suplemento.