Estimados/as señores/as:
Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Barcelona al de Palma, que tenía su salida a las 23:30 horas del día 23 del mes de septiembre de 2025 por lo que la llegada normal a Palma debería haber tenido lugar a las 00:25 horas del día 24, con un coste de 48,62€.
La cancelación se me ha comunicado con pocas horas de antelación. La cancelación del vuelo contratado, impidiéndome llegar al lugar de destino en la fecha prevista. No se me ha comunicado por escrito la cancelación, únicamente se ha anunciado por megafonía del aeropuerto. No se me ha reembolsado el importe de billete ni se me ha ofrecido transporte alternativo que haya aceptado. Solicito se me reembolse el importe abonado y se me de una la indemnización de 250€ por cancelación de viaje en un trayecto inferior a 1500km.
Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea