Buenas tardes , Tras confirmar la cancelación de mi vuelo con destino Amsterdam en la fecha 27 de marzo del 20202 por parte de la compañía aérea , siendo imposible la comunicación telefónica puesto que no atienden el teléfono . Realizó la siguiente reclamación en la que solicitó no sólo el reembolso del coste del billete si no la indemnización correspondiente como recoge el reglamento 295/91 Saludos