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Buenos días,
Les enviamos el documento detallando la fianza y copia del burofax ya enviado en fecha 04/02/25 de cual no tenemos respuesta :
Apreciado Matthieu:
No estamos cambiando el contrato, precisamente estamos intentando que se respete, sin que por lo visto pueda decirse lo mismos de vosotros, que pretendéis, quiero pensar que por error, acogeros a una manifestación incorrecta del contrato, en cuanto la importe del pago ya realizado, para no pagar parte del importe restante de las rentas que se pactó.
El contrato hay que leerlo entero. En el primer párrafo del contrato, después del “Convienen” se indica, de forma clara e inequívoca el precio que se convino por el arrendamiento del inmueble (que por otro lado coincide previamente con el indicado mensualmente en el documento de reserva):
Dado que inicialmente la reserva se había hecho por un plazo inferior al finalmente concertado, en el contrato, el precio satisfecho a la firma del contrato se había calculado en base al precio total consignado en la reserva; sin embargo, en el contrato se consignó por error que se había hecho el pago que habría correspondido a una reserva por el importe al que finalmente ascendió el contrato. Así pues la mención contenida en el contrato, relativa a que se habían abonado las rentas del 27/5/2024 hasta el 28/12/2024, por importe de 12.482,27€ es manifiestamente errónea (y fácilmente verificable por vuestra parte, pues obviamente no disponéis de justificante de pago alguno por ese importe, dado que dicho pago no se realizó).
Así pues no es que nosotros modifiquemos el contrato, pues la renta que estamos cobrando es la que se indica en el mismo, sino que vosotros, al parecer pretendéis, me gustaría pensar que por error, pagar menos de lo que se pactó, aprovechándoos de un error del contrato a indicar que habéis hecho un pago, que en realidad no habéis realizado.
Antes de proceder a la liquidación de la fianza, consultamos con nuestra asesoría jurídica, para que nos confirmara como debíamos proceder, y nos indicaron que descontar el importe de la fianza, si el pago inicial indicado en el contrato no se había hecho por el importe indicado, era procedente, y en ningún caso vulneraba vuestros derechos como arrendatarios, pues nada se os estaba cobrando que no estuviera pactado en el contrato.
Somos una empresa seria, honrada y honorable, y jamás pretenderíamos el cobro de una cantidad que no se correspondiera a la pactada; pero confiamos en la misma honradez por parte de nuestros clientes, que esperamos no ver defraudada en esta ocasión.
Si realmente tenéis cualquier duda respecto a los importes abonados por vosotros en el momento de la firma del contrato, os podemos facilitar toda las explicaciones y documentos que estiméis necesarios para no quedaros con ninguna duda en relación con que el importe abonado por vosotros, tras la liquidación de la fianza es el correcto.
Saludos,
De:LOCA BARCELONA INVOICES invoices@locabarcelona.com
Enviado:jueves, 13 de febrero de 2025 10:21
Para:Amandine Gimet amandine@locabarcelona.com
Cc:Franck Anaïs franck@locabarcelona.com; LOCA BARCELONA INVOICES invoices@locabarcelona.com
Asunto:RV: Reclamación por retención indebida de fianza – Solicitud de intermediación
FYI
De:reclamar@notify.ocu.org reclamar@notify.ocu.org en nombre de reclamar@ocu.org reclamar@ocu.org
Enviado:miércoles, 12 de febrero de 2025 21:15
Para:LOCA BARCELONA contact@locabarcelona.com
Cc:LOCA BARCELONA INVOICES invoices@locabarcelona.com
Asunto:Reclamación por retención indebida de fianza – Solicitud de intermediación